A dos semanas de su instalación, el nuevo regulador en Telcos empieza a ordenar el mercado. Identificación de lÃneas móviles y el antecedente fallido del PANAUT |
Van dos semanas de su instalación y la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ha cumplido puntualmente con sus atribuciones legales, de meter en orden a los jugadores del mercado.
Después de un quinquenio de omisiones del extinto IFT, procedió a la actualización de las tarifas del espectro radioeléctrico en México, tras determinar que se ubican 7% por debajo del promedio internacional.
Y, más importante aún, determinó los plazos y el mecanismo para que los proveedores del servicio de telefonÃa móvil -ya sean concesionarios o comercializadores-para la conformación del registro de lÃneas. Un esfuerzo titánico que exime a la autoridad federal de recabar la información de los usuarios... cuyo éxito depende de la implementación de dos soluciones tecnológicas.
Ambas plataformas -una de gestión y la otra, de consulta de lÃneas telefónicas móviles-deberán ser habilitadas por los concesionarios mayoristas y las ofrecerán como un servicio adicional, que podrán contratar las comercializadoras.
En cualquier caso, los proveedores del servicio de telefonÃa móvil que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán restringir sus servicios a aquellos titulares y/o usuarios que puedan vincular con una lÃnea telefónica móvil. Las personas fÃsicas no podrán tener más de cinco, en prepago, y hasta 10 en pospago.
Esta última limitante no será aplicable a las personas morales ni a las personas fÃsicas con actividades empresariales.
Toda lÃnea telefónica móvil deberá estar vinculada a un titular. El alta de la lÃnea telefónica móvil será obligatoria, por lo que los proveedores deberán habilitar medios presenciales o remotos para que los titulares y/o usuarios puedan realizar ese trámite, ya sea en los centros de atención o vÃa remora, que invariablemente se realizará mediante la plataforma de gestión.
Para la validación de la identidad de las personas fÃsicas se requerirá una identificación oficial vigente que contenga fotografÃa y CURP, que será validada por los proveedores del servicio.
La portabilidad permanece sin cambios, aunque el proveedor del servicio receptor de la lÃnea solicitará al titular o usuario que proceda al alta.
Los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones que presten el servicio móvil y las comercializadoras, respectivamente, deberán activar y mantener activo el servicio de aquellas lÃneas que estén asociadas a usuarios que hayan presentado una identificación oficial, conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la Comisión.
La identificación oficial deberá contener la CURP para personas fÃsicas y RFC para personas morales. Tratándose de personas extranjeras que contraten una lÃnea de servicio móvil se podrán identificar con su nombre, paÃs de origen y número de pasaporte.
La CURP está en el epicentro de los sistemas que permiten controlar las bases de datos gubernamentales. Es el dato central de la nueva la Plataforma Única de Identidad, que concentrará información biométrica de los residentes en México, incluso los extranjeros.
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La CRT es un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con independencia técnica, operativa y de gestión, cuyo objetivo es garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, de acuerdo con el artÃculo 7 de la ley en la materia, vigente desde el pasado 16 de julio.
Justo tres meses después --el pasado 16 de octubre- la presidenta Claudia Sheinbaum designó a los cinco integrantes del Pleno, el órgano máximo de gobierno y decisión de la CRT, entre ellos a su primera presidenta, Norma Solano Rodriguez.
Ese mismo dÃa expiraba el plazo establecido en el artÃculo XXX transitorio de la nueva para la emisión de los lineamientos que permitirán la identificación de lÃneas de servicio móvil.
La Comisión deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana. Para tales fines contará con un espacio dentro de su portal de internet destinado especÃficamente a publicar y mantener actualizados los procesos de consultas públicas.
A partir del 29 de octubre quedó abierto un periodo de 20 dÃas hábiles para recabar "comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis", tras de los que se elaborará un Informe de Consideraciones.
Y en los siguientes 100 dÃas 120 dÃas, los concesionarios y operadores deberán instrumentar las plataformas de gestión y consulta. Toda lÃnea que no se encuentre asociada a un usuario final identificado será suspendida y solamente podrá ser utilizada para realizar llamada a números de emergencia y de atención ciudadana.
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En la primavera del 2021, la administración lopezobradorista propuso la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de TelefonÃa Móvil (PANAUT), un registro obligatorio para todo aquel que fuera titular de una lÃnea telefónica celular y también para contratantes una lÃnea nueva.
La operación del PANAUT -de acuerdo con esa propuesta fallida-era el IFT u bajo su resguardo habrÃa quedado información y datos personales sensibles, como lo son los datos biométricos. El plan originar era abrir un plazo de dos años para para el registro de datos en lÃneas celulares adquiridas antes de la entrada en vigor del PANAUT y de seis meses para las adquiridas después de ello, el que no cumpla con esto, no podrá acceder a la telefonÃa celular.
Tras de esa polémica, el segundo piso de la Cuarta Transformación ha retomado la idea de registrar a los usuarios de la telefonÃa celular, con argumentos incluso más sensibles: el combate a la extorsión, fraudes y otros delitos cometidos mediante el uso de lÃneas telefónicas.
La implementación del nuevo sistema de registro pasó una prueba piloto durante el mes de septiembre, que estuvo coordinada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, que involucró a Telcel, Movistar, AT&T, Bait y Altán... y a la SecretarÃa de Seguridad y Protección Ciudadana.
La identificación de los usuarios dijo, se hará a través de algún documento oficial que contenga la Clave Única de Registro de Población (CURP), a fin de vincularlos con la lÃnea telefónica que contraten o adquieran en los centros de atención a clientes, cuyos datos personales quedarán bajo el resguardo de las compañÃas telefónicas, de conformidad con la Ley General para la Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y el gobierno no tendrá acceso a ellos.
Este ejercicio inició este 01de septiembre y concluye en octubre, con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones en materia de telecomunicaciones, las cuales harán obligatorio el registro de las nuevas lÃneas telefónicas en todos los puntos de venta. En el caso de las lÃneas activas, tendrán un periodo para su registro, para lo cual las compañÃas habilitarán la modalidad remota para facilitar este proceso a las personas usuarias.
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