Elección Judicial
Los juicios de Yasmín
Por Alberto Aguirre
A pocos días de la elección judicial, la ministra acusada de plagiar su tesis de grado logró enterrar los juicios en su contra. El golpe al prestigio de la UNAM.

A 72 horas de las votaciones para elegir a los nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la última instancia Yasmín Esquivel Mossa obtuvo una victoria palmaria, tras del desechamiento definitivo de las denuncias tramitadas en su contra, por el supuesto plagio de su tesis de licenciatura.

Ni por la vía administrativa ni por la vía civil han procedido las querellas que intentaron despojarla de su patente como abogada y también que fuera inhabilitada como integrante del Tribunal Supremo. La expresidenta del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México tiene allanado el camino para repetir como ministra y convertirse en presidenta de la SCJN, si logra ser la candidata más votada.

El desechamiento de las demandas en la Corte pone punto final a dos años y medio de polémicas, que afectaron severamente a la rectoría y la abogacía general de la UNAM, quienes intentaron sancionar a Esquivel Mossa. Hace 15 meses --en febrero del 2024--, en una votación dividida, los magistrados de la sexta sala regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitieron un fallo contra las autoridades de la máxima Casa de Estudios, obligándolos a "restituir a la parte actora en el goce de sus derechos adquiridos afectados".

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Sorprendida por el escándalo desatado por las revelaciones periodísticas de la reproducción de la tesis "La inoperancia de los sindicatos en los trabajadores de confianza del artículo 123 apartado A", que sirvió al menos a tres alumnos de la licenciatura de derecho en la entonces Escuela Superior de Estudios Profesionales Aragón de la UNAM, la ministra Yasmín Esquivel Mossa concentró sus esfuerzos iniciales a obtener una exoneración de la UNAM, más que a contener los embates mediáticos que -le dijeron sus asesores- buscaron evitar que fuera electa presidenta de la Suprema Corte.

Habrá quienes consideren que ese objetivo fue cumplido a cabalidad. Otros dirán que esos primeros escarceos originaron el plan C y la reforma constitucional que mandató la elección de los jueces, magistrados y ministros por voto popular.

Esquivel Mossa tuvo un ejército de comunicadores y también, un cuerpo de asesores legales -entre ellos los priistas Eduardo Andrade y José Monroy Zorrivas- con los que trató de amainar una sanción de la UNAM

Esquivel Mossa tuvo un ejército de comunicadores y también, un cuerpo de asesores legales -entre ellos los priistas Eduardo Andrade y José Monroy Zorrivas- con los que trató de amainar una sanción de la UNAM. La directiva de la ENEP Aragón, a través del comité de integridad académica y científica, tuvo conocimiento del presunto plagio. El rector Graue Wiechers no estaba dispuesto a dejar ese expediente en una vertiente ética y solicitó -por escrito- una opinión al abogado general, Alfredo Sánchez Castañeda, en torno "si es posible o no que esta Universidad retire, cancele o revoque un título académico que haya otorgado".

Apenas habían pasado tres semanas de la publicación de la columna de Guillermo Sheridan que desveló el presunto plagio y la respuesta del jurista fue exhaustiva en sus argumentaciones:

"... Toda persona debe contar con seguridad jurídica, esto es, tener certeza sobre sus derechos y obligaciones, para asegurarse de que ante la intervención de una autoridad, pueda ejercer los derechos que legítimamente le corresponden; además, una autoridad debe sujetar sus actuaciones a supuestos, requisitos y procedimientos previamente establecidos en la Constitución y en las leyes. En consecuencia, cualquier acto que emita la Universidad y que impacte en la esfera jurídica de un integrante de su comunidad, debe estar sustentado en su normativa interna y nacional. Toda instancia pública debe respetar la existencia de un juicio previo por autoridad competente para desposeer, si es el caso, de derechos a una persona", planteaba el oficio AGEN/09/2023, rubricado el 10 de enero del 2023 por Sánchez Castañeda.

Enrique Graue, rector de la UNAM.

"... La UNAM carece de una normativa jurídica que le permita expresamente retirar, cancelar o revocar los títulos académicos que otorga. La universidad solo puede hacer lo que tiene expresamente facultado y debe respetar la competencia que tienen otras autoridades".

"... Al carecer de norma expresa, la UNAM no tiene facultades legales para retirar, cancelar o revocar los títulos que otorga. Ante una irregularidad, la Universidad no puede responder con una violación al orden legal realizando actos que no le autorizan sus normas jurídicas... En el caso concreto existe una autoridad facultada, la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública", completó.

La distinción entre el título, la cédula profesional y el grado académico, en el fondo de la argumentación de Sánchez Castañeda. El título es exclusivamente académico; el acto jurídico-administrativo se corresponde con la emisión de la cédula profesional.

Y la membresía a la comunidad universitaria, igualmente. El abogado general de la UNAM dictaminó que era improcedente sujetar a un procedimiento de cancelación del título profesional a sus exalumnos. Efectivamente, la institución carecía, en ese momento, de facultades para actuar en ese sentido.

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En su defensa, la ministra Esquivel Mossa hizo valer sus casi tres décadas de carrera en el ámbito jurisdiccional, que inició como magistrada agraria. A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos en el aparato judicial de la Ciudad de México y fue magistrada presidenta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México de 2012 a 2019.

En febrero de 2019, el presidente Andrés Manuel López Obrador la incluyó en la terna para ministra de la SCJN y, tras su ratificación por el Senado, se integró a la Segunda Sala, especializada en derecho administrativo y laboral.

La UNAM no tiene facultades legales para retirar, cancelar o revocar los títulos que otorga. Ante una irregularidad, la Universidad no puede responder con una violación al orden legal realizando actos que no le autorizan sus normas jurídicas

Nueve meses esperó Yasmín Esquivel Mossa para acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Su intento por llegar a la presidencia de la SCJN no prosperó y en la opinión pública crecían las voces que reclamaban su dimisión.

Las acciones de Graue Wiethers para sancionarla tampoco habían prosperado, aunque hubo dos cambios significativos en ese intervalo: el relevo del Abogado General de la UNAM, tras la renuncia de Sánchez Castañeda dos meses después de que emitiera su opinión jurídica sobre el caso, y la instalación de un Comité de Integridad Académica que dictaminó sobre las acusaciones.

Esquivel Mossa acudió al TFJA para solicitar que fuera reconocida la validez jurídica del oficio AGEN/09/2023 y, en consecuencia, la declaración y reconocimiento jurisdiccional de sus derechos adquiridos como egresada de la entonces eNEP Aragón.

Adicionalmente, "la nulidad de todos aquellos actos emitidos por autoridades de la UNAM en perjuicio de la parte actora y que sean contrarias al criterio jurídico contenido en el oficio de 10 de enero de 2023, emitido por el Abogado General de la UNAM y que desconozcan los derechos de la suscrita ahí reconocidos".

Los juicios de Yasmín

Y es que el 23 de enero, el rector Graue dio vista a la presidenta del Comité Universitario de Ética de la UNAM, Patricia Speckman, del expediente abierto por "la apropiación indebida de los textos de la tesis". Tres días después, Esquivel Mossa fue notificada formalmente de la petición del Rector e invitada a ofrecer pruebas de descargo, ya fuera de forma personal o por conducto de representante legal.

La ministra demandó ante el TFJA que quedaran anulados los actos que se hubieran emitido sobre su caso, como efecto y consecuencia del procedimiento ante el Comité Universitario de Ética de la UNAM.

Los magistrados le otorgaron la razón, según consta en la sentencia 24366/23-17-06-5. ¿Y la autonomía universitaria?

"Contrario a lo que sostienen, no existe alguna disposición jurídica que excluya a esa institución educativa de la potestad de este Tribunal, ya que las autoridades enjuiciadas pertenecen a una rama de la administración pública federal, en su carácter de organismo descentralizado del Estado... Es incuestionable que sus actos --cuando suscitan controversias con los particulares-- en principio, sí pueden ser dirimidos por este Tribunal, sin que la autonomía universitaria sea pretexto para excluirla del control de la legalidad de sus actos, con la única condición de que se surta alguna de los supuestos competenciales expresos o por afinidad que le corresponde conocer conforme a la ley que rige a esta Juzgadora".

El caso nunca llegó al Tribunal Universitario. 

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