Los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, miembros de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, rechazaron el pedido de recusación de la defensa de Cristina Kirchner contra Gustavo Hornos en la revisión de la Causa Vialidad.
Los representantes legales de la expresidenta reclamaron el apartamiento del magistrado, acusado por su expareja por violación, pero sus colegas del tribunal consideraron que "el planteo recusatorio resulta improcedente para habilitar el apartamiento pretendido, toda vez que -tal como surge del contenido del escrito que lo instrumenta y del informe producido por el magistrado recusado- se sustenta en cuestiones ajenas a los hechos de este proceso".
A criterio de Bronisky y Barroetaveña, "no ha sido demostrado, ni se observa, que se den en el caso la concurrencia de alguna de las causales de recusación por parcialidad subjetiva previstas en el art. 55 del Código Procesal Penal Nacional -u otra análoga- ni tampoco un supuesto de falta de imparcialidad objetiva por parte del juez recusado sobre los hechos que conforman este caso".
En su descargo, Hornos manifestó que los hechos por los cuales se pretendÃa recusarlo están "por completo desconectados" de la causa Vialidad. "Las afirmaciones genéricas esbozadas por la defensa, como causal para pretender el apartamiento de uno de los jueces naturales del caso, no pueden sino ser rechazadas a la luz de la doctrina sentada por la Corte Suprema", escribió.
LPO informó que el juez que la defensa de Cristina aspiraba a recusar recibió una orden de restricción, ante las denuncias de su expareja.
Según Hornos, los argumentos del entorno de la expresidenta "presuponen la existencia de una toma de postura sobre los hechos del proceso; lo que en el caso no ha sido siquiera alegado".
Más allá de la definición de Borinsky y Barroetaveña, los jueces de la Casación remitieron lo actuado por la Justicia contra Hornos al Consejo de la Magistratura, tal como publicó LPO, en la última reunión de Acuerdos del máximo tribunal penal del paÃs. Ese trámite implica la formulación de un expediente contra el juez ante la Comisión de Acusación y Disciplina del órgano polÃtico del Poder Judicial, encargado de promover, sancionar o echar magistrados.
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- 117/09/2420:59La bosta del poder judicial y su autoprotección de los delincuentes.