Amerio y Mahiques se disputan el mérito del fallo de Cámara del Trabajo que repuso la reforma laboral
Es el primer triunfo político de los libertarios en el Poder Judicial desde que se incorporó Mahiques. Milei festejó el fallo.

Los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, integrantes de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, le concedieron al gobierno el efecto suspensivo de la cautelar de la CGT contra la reforma laboral. "Toda la ley es aplicable hasta que resuelva la cámara", dijo una fuente de la central obrera admitiendo la derrota circunstancial.

En el gobierno, por el contrario, celebraron la resolución y la vigencia de la ley votada en sesiones extraordinarias.

Se trata del primer triunfo político en materia judicial desde que asumió Juan Bautista Mahiques desde que asumió al frente del Ministerio de Justicia. Desde el ala cercana a Karina Milei se encargaron de resaltarlo enseguida.

Desde el entorno de Santiago Caputo acotaron, sin embargo, que "la estrategia estuvo en cabeza de la Procuración del Tesoro", a cargo de Sebastián Amerio. "En esta causa, intervinieron la Procuración y Capital Humano pero se escucha a todos en el gobierno, también a la secretaría de Legal y Técnica", agregaron. La funcionaria que se desempeña en esa oficina es María Ibarzábal Murphy, que también llegó al gobierno de la mano del joven asesor.

Revés para Milei: la Justicia suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral

Los magistrados voltearon de esa forma la cautelar otorgada por el juez Raúl Ojeda, que había suspendido la aplicación de más de 80 artículos de la norma. 

La Casa Rosada tramitó, además de la apelación contra la cautelar, un per sáltum a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre la cuestión de fondo.

Como informó LPO, el máximo tribunal puede hacer lugar al recurso pero no está obligado a definir el caso en el acto ni a indicar cuándo fallará. O en su defecto, también tiene la facultad de rechazar el reclamo del gobierno.

Cristian Jerónimo, Jorge Sola y Octavio Argüello, en la CGT.

El fallo de Ojeda frenaba, entre otros numerosos puntos de la reforma, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga, la ultraactividad de los convenios y la derogación de la Ley de Teletrabajo. A su criterio, existían "indicios serios y graves" de inconstitucionalidad al advertir que la reforma podría implicar una regresión en derechos laborales individuales y colectivos, lo que habilitó el dictado de una medida cautelar para frenar su implementación.

Uno de los puntos centrales del fallo es el reconocimiento de una "verosimilitud del derecho calificada", es decir, una fuerte probabilidad de que los planteos de la CGT tengan sustento jurídico.

El presidente Javier Milei, por lo demás, celebró el fallo en X, reposteando un comunicado oficial de Capital Humano. "No podrán detener el crecimiento que se viene para el país", expresó.

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