La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la medida cautelar que frenaba el proyecto de explotación offshore en el Mar Argentino y habilitó la reanudación de los trabajos que llevan adelante YPF y la noruega Equinor.
En un fallo firmado por los jueces Alejandro Osvaldo Tazza y Eduardo Pablo Jiménez y el secretario Walter Pelle, la Cámara dejó sin efecto la sentencia del juez de primera instancia Santiago MartÃn, que habÃa puesto en serio riesgo la continuidad de la inversión.
La semana pasada, la secretaria de EnergÃa, Flavia Royón, tuvo que abrir una negociación urgente con directivos de Equinor para que no abandonen el proyecto, hartos de la demora de la justicia en resolver sobre el amparo que trababa esa operación.
En el gobierno venÃan presionando a la Cámara para que apure el fallo y sostenÃan que la demora provocaba pérdidas de varios millones de dólares por dÃa. Además, afirmaban haber cumplido con todas las presentaciones ambientales que habÃa exigido la Justicia.
Negociación urgente de Royón para que la petrolera Equinor no deje el paÃs
El fallo -al que accedió LPO- establece una serie de condiciones para avanzar con el proyecto de perforación en la Costa Atlántica, que tienen que ver con los reclamos de control ambiental que planteaban las organizaciones que presentaron las medidas cautelares.
"Debe levantarse la medida cautelar oportunamente dispuesta, pues deben tenerse por cumplidos todos los requisitos establecidos por esta Cámara oportunamente. Sin embargo, ello no obsta que se establezcan algunas condiciones adicionales, que deberán cumplirse en el curso del Proyecto", dicen los camaristas.
Las condiciones establecidas por los jueces son la inclusión en el proyecto "como Observadores Permanentes, a miembros de Pampa Azul", un grupo de investigación cientÃfica sobre el mar. "Deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, asà como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades en caso de darse tales supuestos", dice el fallo.
Además, los jueces dispusieron que "las actividades de prospección sÃsmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros del Agujero Azul", un área marina protegida.
Por último, el fallo establece que "las actividades deberán suspenderse inmediatamente, ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente".
Los jueces también exigieron a "las autoridades administrativas a que propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del Proyecto", y aclararon que el aval es únicamente al proyecto de prospección sÃsmica y no a un hipotético proyecto de extracción, que dependerá de los resultados de los estudios.
El fallo completo
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Es increíble y también de análisis, que un proyecto de explotación deba ser judicializado .-
Milei.... ( Toma nota ).- No vas a poder gobernar...!!!! Si no haces alianza con los indicados .-
Las patillas al estilo ( el tigre de los llanos & C.Menem ) ya es una señal....!!!
Veremos si te da la NAFTA.-