Ambiente
Glaciares en disputa: entre el extractivismo y la fragilidad institucional
Por Diego Salas
La sanción de la Ley de Glaciares corre el foco de la protección hídrica para favorecer una visión estrictamente extractivista.

La reciente sanción de la Ley 27.804, que modifica la histórica Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares, ha marcado un punto de inflexión en la historia de la legislación ambiental argentina. Esta acción, impulsada por el Ejecutivo y que tuvo sanción la madrugada del 9 de abril en la Cámara de Diputados, vira por completo el eje y corre el foco de la protección hídrica para favorecer una visión estrictamente extractivista.

Una ley que nació, hace más de 15 años, como una herramienta de vanguardia para garantizar el agua de las futuras generaciones, hoy se encuentra en una fase de profunda tensión social tras su modificación.

Esta metamorfosis normativa no fue un proceso espontáneo, sino el resultado de una persistente presión ejercida por los gobernadores de las provincias cordilleranas. Las mesas del litio y el cobre, en sintonía con el Poder Ejecutivo Nacional, sostuvieron que la ley original "necesitaba aclaraciones" y que la protección del ambiente periglacial constituía una barrera infranqueable para el desarrollo minero y la expansión económica.

Bajo la premisa de atraer inversiones de gran escala en el marco del RIGI, se logró cambiar el sentido científico y preventivo de la norma: pasar de una protección total de los glaciares y del ambiente periglacial establecida por ley, a un esquema condicionado por criterios restrictivos y decisiones provinciales. De esa forma, zonas que antes estaban protegidas y eran consideradas santuarios reguladores de cuencas hídricas por tratarse de reservas estratégicas de agua quedarán expuestas a autorizaciones discrecionales para actividades industriales y extractivas.

La urgencia de divisas y la dependencia de capitales extranjeros amenazan con convertir a los ecosistemas en moneda de cambio y comprometer la integridad de la naturaleza y los bienes comunes. Es, simplemente, hipotecar el futuro y el patrimonio natural del país en pos de un alivio financiero inmediato. Frente al avance extractivista, la fiscalización de organizaciones como Greenpeace resulta determinante para ejercer una vigilancia necesaria y denunciar los impactos ambientales que el Estado muchas veces avala.

El avance legislativo encontró una resistencia proporcional en la sociedad civil y la academia. Recientemente, una coalición de organizaciones conformada por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, junto a organizaciones y asambleas territoriales de todo el país presentó un amparo colectivo ante el juzgado federal de Santa Rosa, La Pampa.

Esta demanda cuenta con un respaldo social inédito de 850.000 firmas ciudadanas y no solo cuestiona el fondo de la reforma -que la denuncia como regresiva e inconstitucional por vulnerar el principio de no regresión ambiental- sino también las irregularidades del proceso que llevó a dicha sanción. Se alega que el debate legislativo limitó drásticamente la participación ciudadana y restringió las voces de miles de inscriptos en favor de una celeridad parlamentaria cuestionable.

El escenario actual, por tanto, se encamina hacia una judicialización total. Mientras el Gobierno nacional busca blindar la reforma mediante cumbres políticas en territorios mineros, la justicia deberá decidir si la nueva norma respeta la Constitución Nacional y los compromisos internacionales, como el Acuerdo de Escazú, o si pone en riesgo las reservas estratégicas de agua dulce en un contexto de crisis climática global.

La disputa ha trascendido lo técnico para convertirse en una discusión sobre el futuro hídrico del país: modificar la protección de los glaciares para favorecer la rentabilidad inmediata es una apuesta de alto riesgo, ya que la pérdida de una fuente de agua es, simplemente, irreversible. 

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