Ciudad

La Justicia dispuso que los inquilinos paguen sólo un mes de comisión por el alquiler

Por orden judicial, las inmobiliarias no podrán seguir cobrando el 2% de comisión que solían cobrar.

La justicia porteña dictó sentencia de fondo sobre el amparo en el que se cuestionaba una resolución del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires que habilitaba al cobro de comisiones para alquileres superiores a lo establecido en la ley 2340. 

En el fallo se declara la nulidad de dicha resolución y se dispone que las inmobiliarias no podrán cobrar a los inquilinos de inmuebles con destino vivienda única un importe superior al 4.15% del total del contrato, y tampoco podrán exceder ese monto argumentando gastos u otros conceptos.

También se ordena al CUCICBA que en un plazo de 30 días implemente un plan de control y difusión del monto máximo a cobrarse a los inquilinos, y se arme una mesa de trabajo con participación de la Defensoría del Inquilino de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, según informó el portal Ijudicial. 

En la resolución firmada este 30 de agosto, el juez porteño, Marcelo Segón, hizo lugar a la demanda entablada,“declarando la nulidad de la resolución nº 350/CUCICBA/16 – inciso 3, punto a) de su art. 1°”, por entender que dicha resolución “es contraria no sólo al Código Civil y Comercial de la Nación -el cual deja a salvo lo establecido en la normativa local- sino también a la Ley Nº 2.340, de la cual de forma inequívoca se desprende que no es competencia del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires fijar el monto correspondiente a cobrar en concepto de comisión al inquilino sino esta atribución es de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires”. 

En caso de que el CUCICBA incumpla con lo dispuesto, el juez definió condenas económicas las cuales fueron fijadas en 5000 pesos por cada día de retardo, desde el vencimiento del plazo fijado para la presentación del referido plan integral; y de 20.000 pesos por cada incumplimiento acreditado en autos.

En el mes de mayo, el Defensor del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Alejandro Amor, se presentó como tercero en la causa y solicitó que se declare la nulidad absoluta de la resolución n° 350/2016 dictada por la demandada y se ordene a CUCICBA a implementar un plan que garantice: (i) el control efectivo del cobro de aranceles que perciben los corredores inmobiliarios y (ii) el cumplimiento estricto de la ley nº 3588. En el mismo mes el tribunal hizo lugar a la medida cautelar solicitada y suspendió la citada resolución y, en consecuencia, ordenó a los corredores inmobiliarios no cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato.

El 9 de agosto, la Defensoría denunció en el juzgado el incumplimiento de la manda cautelar y acompañó documentación que certificaba más de 25 incumplimientos. En la denuncia se acreditó de forma palmaria la inobservancia de la manda judicial por parte de numerosas inmobiliarias, las que han cobrado comisiones u honorarios superiores al 4,15% del monto total del contrato, así como otros casos en los que, con el objetivo de no superar el tope impuesto por la ley, recurrieron a diversas estrategias documentales para evadir ese tope legal, como por ejemplo el desdoblamiento del pago de la comisión en dos (2) facturas distintas, entre otras.

Alejandro Amor celebró el fallo y afirmó que “una de las problemáticas más frecuentes en las grandes ciudades es la de la vivienda. En nuestra Ciudad uno de cada tres hogares es alquilado, esto incluye a más de 900 mil porteños. Por eso desde esta Defensoría del Pueblo decidimos tomar con seriedad esta problemática, abrimos una oficina de atención permanente dedicada al tema específico de Inquilinos y lanzamos la Guía Básica de Derechos de los Inquilinos, para que los vecinos puedan despejar sus dudas, sepan cómo proceder en determinadas situaciones y dónde asesorarse y/o reclamar en el caso de que sus derechos sean vulnerados”.