Gobierno

Permiten el ingreso al blanqueo de quienes tengan juicios por dinero sin declarar

El Gobierno reglamentó la norma. También modificó la fecha límite de preexistencia de los activos no declarados.

El Gobierno reglamentó hoy el blanqueo de capitales, denominado formalmente "Régimen de Sinceramiento Fiscal", y permitirá que ingresen también los que tienen juicios por dinero sin declarar.

La Casa Rosada busca con el blanqueo la llegada de fondos en el exterior no declarados ante el fisco para cubrir erogaciones del programa de reparación "histórica" a jubilados, que también fue reglamentado hoy.

El blanqueo fue reglamentado mediante el decreto 895, que autoriza en su artículo 13 el ingreso al régimen de quienes tengan juicios por dinero sin declarar, al establecer que abarca "las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial en los ámbitos penal tributario, penal cambiario y aduanero".

El artículo 14 del decreto reglamentario, firmado porGabriela Michetti, Marcos Peña y Alfonso Prat Gay, puntualiza que la "liberación" del artículo 13 se otorgará sólo "a pedido de parte interesada mediante la presentación ante el juzgado interviniente de la documentación que acredite el acogimiento al Régimen de Sinceramiento Fiscal".

En cuanto a los activos no declarados, el artículo 3º del decreto reglamentario precisa que podrán acceder las tenencias de moneda y bienes que figuren como pertenecientes a las sociedades, fideicomisos, fundaciones, asociaciones o cualquier otro ente constituido en el exterior cuya titularidad o beneficio les correspondiere" al 22 de julio de 2016.

La norma aprobada por los legisladores hablaba del 31 de diciembre de 2015, pero el decreto reglamentario la ubicó en la fecha en que se promulgó la ley. 

Según el artículo 36 de la ley 27.260, que es la que el decreto reglamenta, la declaración "voluntaria y excepcional" de fondos en el exterior podrá hacerse hasta el 31 de marzo próximo.

Por otra parte, el artículo 12º del decreto reglamentario exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias "a las cuentas abiertas con el fin de ser utilizadas en forma exclusiva para exteriorizar las tenencias en moneda nacional y/o extranjera en efectivo".

El blanqueo de dinero en efectivo paga un impuesto de 10 por ciento del total si se hace antes del 31 de diciembre, y de 15 por ciento si se hace entre esa fecha y el 31 de marzo de 2017. 

La norma es una de las dos que reglamenta el plan oficial de reparación "histórica" a los jubilados, ya que está acompañada por otra similar, el decreto 894, que establece el mecanismo para pagar los juicios por haberes mal liquidados.

A partir de la reglamentación, los jubilados podrán chequear, a partir de este mediodía desde la página web de la ANSES, cuál es su situación previsional para saber si están o no incluidos en el plan de recomposición de haberes y el pago de juicios. Según el organismo, tendrán prioridad las personas que tengan más de 80 años o que padezcan problemas de salud.