Congreso

Una nueva oportunidad de transparencia pública

La ley de acceso a la información pública que empezará a tratarse en el Congreso nos aporta un derecho humano básico, como es conocer y saber cómo funciona el Estado.

Durante los últimos años se estableció como evidente decisión política obstaculizar sistemáticamente la posibilidad de sancionar una Ley de “acceso a la información pública”. 

La propuesta llevada a cabo por el Ejecutivo Nacional viene a reparar dicha anomalía, por cuanto la existencia de una regla sobre esta cuestión resulta fundamental para consagrar en nuestra legislación interna este derecho humano básico que, entre otras cuestiones, nos permite conocer y saber cómo funciona el Estado, observar su administración y detectar hechos reñidos a la transparencia.

En este sentido cabe recordar que tanto en 2004 como en 2010 hubo intentos frustrados de sancionar una ley que garantice a toda persona el acceso a datos, registros y todo tipo de información que se encuentre en poder del Estado - con excepción de aquellas cuestiones que otras o la propia norma establezcan - y dar así el primer paso para terminar con la cultura del secretismo.

Para tomar verdadera dimensión del esfuerzo en construir un Estado opaco, es bueno recordar que en septiembre de 2010 el Senado dio media sanción a un proyecto, que nunca fue tratado en Diputados. 

Lamentablemente, un súbito y extraño desinterés de la bancada mayoritaria de aquel entonces por esta iniciativa hizo que el expediente cayera y perdiera estado parlamentario. La Argentina continúa aún sin una Ley, y la actual Administración de Gobierno está dando un paso importante para consagrar y permitir este derecho fundamental, el de poder preguntar a los tres poderes del Estado y el tratamiento de esta Ley nos da una gran oportunidad para combatir la extendida percepción que hay en la sociedad sobre la existencia de una trama de corrupción en el sector público.

Por ello, la publicidad de los actos de gobierno es uno de los fundamentos sobre los cuales se sostiene el principio de soberanía popular que encarna el artículo 1º de nuestra Constitución Nacional. Alberdi nos enseña que: “otro medio de impedir que los delegatarios de la soberanía abusen de su ejercicio en daño del pueblo a quien pertenece, es la publicidad de todos los actos que lo constituyen. 

La publicidad es la garantía de las garantías”. Este principio constituye uno de los pilares de todo gobierno republicano y democrático y su importancia fue ratificada por la Corte Suprema en los fallos ADC c/ Estado nacional – PAMI y CIPPEC c/ Estado nacional – Min. Desarrollo y Acción Social: “El Estado está en la obligación de promover una cultura de transparencia en la sociedad y en el sector público, de actuar con la debida diligencia en la promoción del acceso a la información, de identificar a quienes deben proveer la información, y de prevenir los actos que lo nieguen y sancionar a sus infractores…”.

En tal sentido, el proyecto enviado al Congreso de la Nación contiene en su articulado algunas cuestiones, que en el debate congresional permitirá las correcciones necesarias para cumplir con las pautas establecidas en la letra de nuestra Carta Fundamental y principalmente en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así la supuesta “Agencia” no puede y no debe ser parte del Poder Ejecutivo y tampoco tener injerencia sobre otros poderes del Estado; en lo que respecta a la “garantía” del “acceso” la Ley debería contemplar la posibilidad de habilitar directamente una acción de amparo ante el fuero contencioso administrativo, sin la necesidad de recurrir a organismos supra institucionales de otros poderes del Estado, afectando principios republicanos establecidos en el Art. 1° de la Constitución; sobre la “remoción” del Director se busco una fórmula similar a la establecida en la Carta Orgánica del BCRA, a nuestro entender y frente a la importancia de esta Ley, se debe proyectar una institución a largo plazo, y no una herramienta que responda a una coyuntura política.

Nadie pone en duda que la democracia es el sistema de convivencia que los argentinos elegimos para vivir y que la representatividad de sus gobernantes se legitima en la urnas periódicamente, pero la democracia no debe ser interpretada únicamente como un acto que se ejerce cada dos años al momento que los ciudadanos eligen con su voto quien gobierna y cuyo resultado electoral circunstancial, “congela” la realidad y otorga inmunidad para proponer, e imponer, políticas independientemente de las inquietudes y voluntades del conjunto de los ciudadanos.

En la actualidad la “democracia” no se reduce a la “democracia plebiscitaria” y a la imposición de mayorías congresionales. Hoy por suerte hemos vuelto a tener un Congreso que cumple con el rol asignado por la Constitución, el sano debate permitirá seguramente llevar a cabo estas correcciones, por cuanto este proyecto es un paso más hacia la oxigenación democrática, donde la transparencia, la discusión, el dialogo y la búsquedas de consensos se transformarán en elementos fundamentales de una mejor política.