De Vido sobreseído

La Cámara Federal porteña confirmó el sobreseimiento del ministro de Planificación Federal y su esposa en una causa iniciada hace cinco años por presunto enriquecimiento ilícito.

La Cámara Federal porteña confirmó hoy el sobreseimiento del ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, y de su esposa, la ex funcionaria Alessandra Minicelli, por presunto enriquecimiento ilícito.

La Sala I de la Cámara rechazó la apelación del titular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), Guillermo Noailles, y lo criticó en duros términos.

"El recurrente, una vez más, no se ocupó en rebatir los argumentos empleados por el Juez a la hora de dictar los sobreseimientos que nos ocupan", sostuvieron los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah.

De Vido y Minicelli habían sido denunciados por presunto enriquecimiento ilícito por la compra de una chacra de cuatro hectáreas en Zárate, entre otros presuntos hechos de incremento patrimonial, pero en 2009 el entonces juez federal subrogante Octavio Aráoz de Lamadrid consideró justificado el incremento patrimonial y los sobreseyó.

La decisión fue apelada por la FIA, pero su actuación fue objetada; se inició una serie de apelaciones que llegaron hasta la Corte Suprema y a fines de mayo la Cámara de Casación resolvió que esa fiscalía especial podía participar de la causa.

Así, Noailles pidió medidas de prueba para avanzar en la causa y que se revocara el sobreseimiento de De Vido y Minicelli por considerarlo prematuro.

"Más allá de que la mayoría de las diligencias solicitadas por el impugnante en su informe ya habían sido ordenadas por el Juez de primera instancia, los suscriptos advierten que la F.I.A. ha omitido, al igual que en su momento lo hizo el Fiscal de 1ra. instancia, mencionar cuál sería la sospecha que justifica la prosecución de la investigación", criticaron los camaristas.

La Cámara recordó que en el inicio de la causa, hace cinco años, el juez de primera instancia "dispuso la totalidad de las diligencias probatorias que habían sido sugeridas exclusivamente por el agente fiscal interviniente, pues la F.I.A., aunque al tanto del sumario, nada manifestó".

El tribunal ratificó que los sobreseimientos fueron dictados "de acuerdo a la información suministrada por los diversos organismos, y las variaciones (incrementos y descuentos) patrimoniales que han tenido ambos funcionarios durante el ejercicio de sus funciones públicas ha sido acorde a los legales ingresos y egresos que declararon ante la Oficina Anticorrupción en cada uno de los años".