Casación: Frenan el proceso "express" de Cristina para nombrar jueces

El juez Enrique Lavié Pico ordenó que se suspenda el proceso abreviado de integración d elas nuevas Cámaras de Casación que había ideado el Gobierno. Se trata de otro golpe a la reforma judicial que impuló Cristina y que en su mayoría está derogada.
El juez en lo Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico suspendió la conformación de las nuevas cámaras de Casación con "conjueces, jueces subrogantes o surgidos de procesos abreviados", creadas a partir de la ley impulsada por la presidenta Cristina Kirchner y aprobada en el Congreso en el marco de su malograda "reforma judicial".

El fallo del titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 6 significa un virtual freno a la conformación inmediata de las cámaras de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, del Trabajo y la Seguridad Social y en lo Civil y Comercial.

Se trata de un nuevo golpe de la Justicia a la Casa Rosada y ocurre el mismo día que el juez federal Claudio Bonadío ordenó la detención del ex secretario de Transporte, Ricardo jaime, en una decidió que dejó en estado de shock al Gobierno.

En una resolución de 15 páginas, el magistrado entendió que también resultan inconstitucionales las limitaciones a las medidas cautelares, dispuestas en otra de las leyes de la reforma impulsada por el Gobierno.

El planteo había sido formulado por el consejero de la Magistratura Alejandro Fargosi, quien reclamó que "se ordene al Poder Ejecutivo Nacional que se abstenga de proceder a la integración de las Cámaras de Casación, según el procedimiento abreviado o mediante jueces subrogantes o conjueces, hasta tanto se dilucide la presente demanda por inconstitucionalidad".

El juez Lavié Pico hizo lugar a la medida cautelar y dispuso "suspender la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7, segundo y tercer párrafo de la ley 26.853 y cualquier acto de aplicación vinculado de manera directa con la norma citada, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa".

Ese artículo habilitaba los mecanismos de "procedimientos abreviados" para la designación de los integrantes de las Cámaras de Casación, la facultad de integrarlas "mediante conjueces" o "mediante jueces subrogantes".

Alejandro Fargosi se refirió al fallo de Lavié Pico. "Además de la inconstitucionalidad en sí de la cobertura con subrogantes, la decisión del juez Lavié Pico establece con claridad que la saturación de juicios ocurre en primera instancia y no tanto en la etapa de apelación, por lo que no existe urgencia alguna que justifique la medida", sostuvo.

"Las Cámaras de Casación del paquete de supuesta democratización demorarán aún más los procesos judiciales", agregó.