La Justicia inhabilitó a Adrian Pérez como candidato a Jefe de Gobierno porteño

El Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad rechazó hoy un pedido del diputado nacional Adrián Pérez para que se le reconozcan los años de residencia en la Ciudad. Desde la Coalición Cívica salieron inmediatamente a respaldar su candidatura. "Adrián Pérez es nuestro candidato a Jefe de Gobierno porteño y vamos a apelar a instancias superiores como la Corte Suprema"
En un fallo dividido, el Tribunal Superior de Justicia rechazó hoy el pedido del diputado Adrián Pérez para que declare su "derecho a postularse como candidato a jefe de Gobierno por la Coalición Cívica en las próximas elecciones.

El máximo tribunal de la Ciudad sostuvo que el legislador recién podría cumplir los cinco años requeridos a fines de 2012, ya que su residencia permanente en la ciudad data de 2007.

El presidente del bloque de la Coalición en la Legislatura, Fernando Sánchez salió inmediatamente a respaldarlo: “Adrián Pérez es nuestro candidato a Jefe de Gobierno porteño y el partido va a evaluar la posibilidad de apelar a instancias superiores como la Corte Suprema porque estamos convencidos que cumple los requisitos para presentarse a las elecciones a Jefe de Gobierno porteño”.

Pérez, actual diputado nacional por la provincia de Buenos Aires y jefe del bloque de la Coalición en la Cámara Baja, alegó en su presentación que "de continuar residiendo en forma habitual y permanente en esta Ciudad" cumpliría con el requisito de la Constitución y pidió que se consideraran los años que alternó entre esta capital y la localidad bonaerense de Azul.

Al conocer el fallo, Pérez ratificó que "nosotros habíamos planteado otro concepto de residencia, y ahora estamos evaluando la posibilidad de apelar". El legislador precisó: "expresé un concepto amplio de residencia, que había tenido tanto acá como en la ciudad de Azul, entendíamos que era una doble residencia, por lo cual ese criterio me podría habilitar para ser candidato".

Pero más allá de sus argumentos, la jueza Ana María Conde calificó de "obstáculo insalvable" que no se cumplan los cinco años de permanencia en la Ciudad anteriores a la elección que requiere el artículo 97 de la Constitución porteña y agregó que la residencia alternada que propone Pérez “no comulga con la exigencia de habitualidad y permanencia”.

La magistrada señaló que Pérez admitió que su "instalación definitiva" en la ciudad fue en 2007, en un inmueble que compró cuatro años antes, y que si bien nunca aclaró en qué mes lo hizo "en cualquier caso los cinco años sólo se verificarían recién a fines del año 2012". En el mismo sentido el juez José Casás señaló que los cinco años comenzarían a computarse a partir del 20 de diciembre de 2007, "el día siguiente al que asumió como diputado nacional por la Provincia de Buenos Aires".

Por su parte, los jueces Alicia Ruiz y Luis Lozano rechazaron la presentación del diputado sin tratar su pedido porque la acción no tiene una contraparte, o sea alguien a quien demandar. La magistrada Ruiz señaló que como Pérez "podrían presentarse cientos o miles de electores para consultar al TSJ si van a estar incluidos en los padrones".

El único voto favorable para Pérez fue el del juez Carlos Balbín, quien lo habilitó "provisionalmente" sin que signifique "sentencia definitiva", ya que el caso debe ser tratado en el marco del Código Electoral. El magistrado citó el fallo de la Suprema Corte bonaerense en el caso del gobernador Daniel Scioli, que fue habilitado para presentarse en las elecciones en ese distrito.

Balbín explicó que la Constitución de la Ciudad "exige residencia anterior en el caso del candidato a Jefe de Gobierno pero no residencia inmediata como sí ocurre respecto de los legisladores y los miembros del Superior Tribunal de la Ciudad".

Sobre esta disidencia, Sánchez afirmó: “los jueces del Superior tuvieron distintas posiciones, por lo que pensamos que la cuestión de fondo en torno a la residencia puede ser revisada por otro Tribunal".