El 90% de las casas usurpadas son de privados

Así lo informó el jefe de gobierno en una entrevista. Además, apuntó que la solución no puede ser rápida. Los fundamentos del veto a la ley que suspendió desalojos y que había sido votada por toda la oposición.

"El 90 por ciento de los inmuebles usurpados en la ciudad es de propiedad privada. No hay una solución rápida." Así lo sostuvo ayer el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri durante un acto en Palermo.

"La Justicia y el gobierno porteño pueden actuar luego de denuncias de particulares afectados", dijo el mandatario cuando faltaba un día para que se cumpliera una semana del trágico incendio que se cobró la vida de seis hermanitos en un edificio usurpado, propiedad de una Sociedad Anónima.

Ayer LA NACION informó que esa firma: 200 Choclos SA había iniciado juicio de desalojo contra los usurpadores hace más de cuatro años y que hasta el momento no hubo una definición por parte del Poder Judicial.

"Este gobierno, por primera vez ayudó a desalojar más de 350 usurpaciones. Permanentemente, buscamos evitar situaciones como la sucedida en La Boca", sostuvo Macri al diario La Nación.

El jefe de gabinete, Horacio Rodríguez Larreta, explicó que, en el caso de los inmuebles que son propiedad de la ciudad, es la propia administración la que pide el desalojo a la Justicia.

"Esto es así, salvo en los casos de desalojo administrativo, que resuelve el gobierno cuando se detecta una situación de alto riesgo", dijo el funcionario, quien confirmó que esta semana entrará en vigor el veto del Poder Ejecutivo a la ley sancionada hace poco más de un mes, por la que se suspenden los desalojos en el distrito.

Según Rodríguez Larreta, hay en la capital 300.000 personas con algún tipo de déficit habitacional.

La norma vetada es modificatoria de la ley que declaró la emergencia habitacional en la ciudad de Buenos Aires hasta octubre de 2010. El cambio fue sancionado el 4 de diciembre y dispuso la suspensión de los desalojos de inmuebles que son propiedad del Estado porteño mientas rija la emergencia habitacional.

Macri vetó los artículos que se referían a los desalojos (el 4°, el 5° y el 6°). Fundamentó su decisión en que "merecen objeción concreta por cuanto para determinar cuáles son los casos de situación de pobreza crítica se requiere la previa intervención de profesionales idóneos".

Según el decreto, al que tuvo acceso LA NACION, "la suspensión de los desalojos de los referidos inmuebles profundiza la situación de crisis habitacional por la que atraviesan sus ocupantes, al impedir otorgarles una respuesta habitacional definitiva, toda vez que el Ministerio de Desarrollo Social toma intervención".

Según el gobierno, la ley, tal como quedó sancionada "impide el desalojo de inmuebles de propiedad de la ciudad, que se encuentren ocupados con destino a vivienda y estén en condiciones de inhabitabilidad, con infraestructura deficitaria, carezcan de un espacio vital suficiente, de acceso al agua potable y/o cualquier otro servicio básico, con el consiguiente riesgo para la salubridad y seguridad de sus habitantes, lo cual -se afirma en el decreto- resulta manifiestamente contrario a los imperativos constitucionales".

El veto es cuestionado por la oposición parlamentaria. Sin embargo, esos legisladores tienen la posibilidad de anularlo, pudiendo insistir en la redacción original de la ley, cosa para la que son necesarios dos tercios de los votos de la Legislatura (40), algo actualmente inalcanzable para los opositores al gobierno.

El Estado local tiene un número no determinado de inmuebles que no utiliza, que se encuentran intrusados. Un claro ejemplo son los situados en la traza de la ex AU 3 (una autopista inconclusa que comenzó durante la última dictadura militar, pensada para unir Núñez con Pompeya). Cabe destacar que si bien en el sector comprendido entre Donado, Holmberg, Congreso y avenida de los Incas, en Villa Urquiza, y en un tramo correspondiente a Villa Ortúzar hay varios predios que ya fueron recuperados, todavía quedan edificios tomados.

Aunque Macri vetó parte de la ley 2973, sigue vigente para el Poder Ejecutivo local, la obligación de presentar en 90 días un Plan Progresivo de Solución de la Emergencia Habitacional, que deberá, entre otros puntos:

 

 

 

 

 

 

 

estimular la inclusión en el mercado laboral de las familias en situación de emergencia.

 

individualizar los organismos responsables de la ejecución de cada una de las acciones.

 

realizar un cronograma de acciones concretas, con presupuesto y acciones

 

identificar o individualizar a las familias en emergencia.