Justicia

Nuevo golpe de la Corte a la 4T: anulan decreto que reserva datos de las obras prioritarias de AMLO

Los ministros que votaron en contra de esta iniciativa fueron Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz. La SCJN sostuvo que se vulneraba el derecho a la información.

 En otro revés para la 4T, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró como inconstitucional el decreto del presidente López Obrador para que las dependencias del gobierno se reservaran información sobre obras públicas por considerarlas de seguridad nacional.

Como han sido las últimas votaciones en la Corte, los ministros que votaron a favor del proyecto de AMLO, fueron: Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz. El resultado fue de ocho votos en contra y tres a favor.

La resolución de los ministros se da en correspondencia de una controversia que promovió el INAI contra el poder Ejecutivo en función de un acuerdo emitido el 22 de noviembre del año anterior por el presidente en que se plantean los temas de consideraciones de los proyectos de las obras del gobierno mexicano, en el ámbito de interés público y seguridad nacional.

"En el caso que nos ocupa, en el escrito de demanda analizado, se extraen algunos argumentos suficientes para considerar que la emisión del acuerdo impugnado es susceptible de causar un impacto en el derecho de acceso a la información", expresó el ministro González Alcántara Carrancá.

De acuerdo a los ministros, el pleno determinó la votación con respecto a este acuerdo que contiene tres artículos, entre ellos uno que analizado y determinado como inconstitucional. Los jueces determinaron que el acuerdo se trataba de un acto administrativo y no uno de norma general y al serlo, se planteó el estudio en función de lo que se establece en el artículo 105 de la Constitución Política.

"El proyecto propone que es inconstitucional este acuerdo porque su amplitud y su ambigüedad obstaculizan e inhiben el acceso a la información a toda la ciudadanía respecto de las obras del gobierno de México. Además, tal y como está formulado el acuerdo analizado pone en entredicho las obligaciones de transparencia que pesa sobre la autoridades que ejercen recursos públicos y que tiene como objetivo permitir un control ciudadano sobre este objetivo", argumentó el ministro ponente.

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Por parte de los argumentos para dar verde al decreto del presidente López Obrador, el ministro Zaldívar expusó: "Estoy en contra del acuerdo impugnado, pues contrario a la invalidez del proyecto de ninguna manera afecta o interfiere en el derecho de acceso a la información pública y por consiguiente no afecta en las atribuciones del INAI en materia de transparencia".

Posición que fue secundada por Yasmín Esquivel: "Las obras públicas en beneficio de la comunidad equivale a una reserva inminente de obras públicas, ese adjetivo de seguridad nacional, de ninguna manera impide a las personas ejercer su derecho de acceder a la información pública gubernamental".

Ante los argumentos de sus pares, el ministro Laynez tildó de "ingenuo" suponer que la aceptación de esta iniciativa no tendría un efecto inmediato en el acceso a datos públicos del gobierno.

"Negar que el vocablo de ‘seguridad nacional' no tiene impacto para efectos de transparencia y adquisiciones, me parece muy difícil o ingenuo de todo sentido. No sé si fue el objetivo, pero la consecuencia sí es esa. Nada más faltaba que hubiera dicho ‘por lo tanto se reserva y se pueden hacer adjudicaciones directas', porque no lo tenían que decir; ese es el efecto de seguridad nacional", remató el ministro.

Los calificativos de juez llevaron a la ministra, Loretta Ortiz a responder: "Con todo respeto, no somos ingenuos, no somos ingenuos. Consideré, basándome en el artículo sexto constitucional que las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, es decir del INAI, definitivas a los inatacables para los sujetos obligados".