Transparencia

La Suprema Corte valida el secreto de datos sensibles en la declaración 3de3

Declaró constitucional un artículo de la Ley General de Servidores Públicos. Escudero aplaudió la decisión.

Tras dos días de intensas discusiones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una serie de artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y avaló, por mayoría de votos, que las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos, contenidas en la célebre Ley 3de3, se mantengan en reserva para proteger los datos personales y vida privada.

Por 6 votos (Cossío, Franco, Zaldívar, Piña, Medina-Mora, Láynez) contra 4 ( Gutiérrez, Luna, Pardo, Aguilar), el Pleno de la Corte avaló la parte del artículo 29 de la nueva Ley de Servidores Públicos que faculta al Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para proponer los formatos respectivos.

El Comité Coordinador del SNA, que integran seis órganos autónomos y la Secretaría de la Función Pública, es el que emitirá los formatos oficiales para las declaraciones con base en lo que propongan los cinco miembros del CPC, que tiene en esta su atribución más importante.

"Lo que se busca hacer efectiva la participación ciudadana en la configuración de una herramienta importante para la consolidación de un sistema democrático fundamentado en el principio de rendición de cuentas, buscando el acercamiento a la sociedad", señaló durante su oportunidad la ministra Norma Piña al defender la función del CPC.

Arturo Zaldívar, por su parte, agregó lo siguiente: "Si le queremos dar sentido a esta participación de la ciudadanía a partir de este CPC, tenemos que validar este tipo de atribuciones, porque de lo contrario, pues sería un mero órgano testimonial sin ninguna atribución y prácticamente sin ninguna intervención de tipo normativo en la estructura del SNA", comentó.

Ahora, los integrantes del Pleno de la Corte votaron a favor del proyecto realizado por el ministro José Ramón Cossío Díaz, que consiguió declarar constitucionales los artículos impugnados por diputados del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, quienes acusaron que violaban los principios de transparencia para combatir efectivamente la corrupción. Los ministros dejaron en claro que si bien, las declaraciones patrimoniales y de interés de los funcionarios deben ser públicas, prevalecerá la protección de datos personales.

Luego de conocerse la decisión de la Corte, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero, se congratuló por la decisión y ratificó la validez de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, respecto a la publicidad de la información de las declaraciones de los servidores públicos.

"La decisión de nuestro Máximo Tribunal Constitucional confirma el rigor jurídico con el que los senadores de la República trabajamos las leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción, al garantizar los derechos humanos a la protección de datos personales y de la vida privada de los servidores públicos", declaró Escudero.

Y añadió: "Así como establecer que sea el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción quien defina, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, los formatos de publicidad de las declaraciones patrimoniales y de intereses garantizando la protección de estos rubros, derechos fundamentales protegidos por la Constitución, como lo marca la Ley General aprobada el año pasado por el Congreso de la Unión", concluyó el senador del Verde.