Transparencia

La Corte discute sobre la vulnerabilidad de ciertos datos en la declaración 3de3

El máximo tribunal criticó que no quedaran asentados en la ley los criterios para discriminar un dato sobre otro.

En pos de la transparencia, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación iniciaron el análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida contra la "Ley 3de3" por el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano (MC).

En un primer acercamiento, la Corte criticó la facultad de los Comités del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para decidir qué información de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios se hará pública.

"Hay que tener en cuenta que no toda la información personal de los servidores públicos es necesaria, ya que hay información que puede poner en peligro la vida o la integridad del funcionario y ninguna justificación o prueba de interés público puede superar un riesgo de este tipo", apuntó el ministro José Ramón Cossío, quien se sumó a la petición de declarar Constitucional el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el cual establece que los formatos de las declaraciones patrimoniales serán emitidos por el Comité Coordinador del SNA, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana.

El Comité Coordinador del SNA está integrado por la presidenta del Comité de Participación Ciudadana, el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Auditor Superior de la Federación, la Secretaria de la Función Publica, un Consejero de la Judicatura Federal, el titular del INAI y el Fiscal Anticorrupción, quien aún no ha sido designado.

Y continuó el ministro: "Si bien la expectativa de privacidad de un servidor público disminuye, la misma no desaparece y si bien el interés público hace que la necesidad de escrutinio sea mayor, esto no elimina completamente la esfera privada del servidor, en particular con aquella información no necesaria para lograr las finalidades apuntadas y que puede poner en peligro la vida o integridad del propio servidor público", enfatizó Cossío Díaz.

En respuesta, tres ministros criticaron al Congreso de la Unión por haber delegado en los Comités la facultad discrecional de decidir qué información se hará pública, ya que a su juicio debió quedar contemplada en la ley.

"Se da al Comité Coordinador una genuina facultad legislativa, y este órgano es el que tiene que responder unas de la preguntas mas difíciles en materia de derecho Constitucional anticorrupción: qué información de los servidores públicos debe ser privada y cuál publica", expresó Alfredo Gutiérrez.

Por su parte, Jorge Pardo destacó que el artículo 108 de la Carta Magna obliga a los funcionarios a presentar declaraciones patrimoniales en términos que señale la ley. "No sería factible que una ley a la que se delega, a su vez haga una delegación a un Comité Coordinador con la propuesta de un Comité Ciudadano", aseveró Pardo.

Finalmente, Arturo Zaldívar defendió la participación del Comité Ciudadano, que representa a la sociedad civil en el SNA y no está vinculado con los partidos ni las dependencias. "Si no validamos este tipo de atribuciones, el órgano será meramente testimonial sin ninguna atribución ni intervención de tipo normativo en el SNA", enfatizó.

Los ministros no alcanzaron a votar el proyecto, por lo que mañana martes continuarán con la discusión.