Finanzas

La CNV reforzó el cepo con un parking de 30 días para los que operen dólar Senebi

La exclusión de empresas del contado con liquidación había disparado las operaciones en el Segmento de Negociaciones Bilaterales, donde cotizaba a $192.

La Comisión Nacional de Valores anunció este martes un nuevo torniquete al cepo. A partir de mañana quedará plasmado en el Boletín Oficial la prohibición de operar en el Segmento de Negociaciones Bilaterales, conocido en la jerga como "Senebi" a quienes hayan operado en el mercado bursátil en los últimos 30 días adquiriendo contado con liquidación o dólar bolsa. Y también a quienes pretendan hacerlo 30 días después. 

En el último apretón al cepo, la autoridad regulatoria había excluido de operar contado con liquidación a las empresas que no tuvieran cuenta propia radicada en el exterior, lo que dificultó de facto la compra de divisas para las firmas. Así, se robusteció un rincón del mercado bursátil en el que se realizan operaciones bilaterales y ya no de mercado abierto. Este "Segmento de Negociaciones Bilaterales" dio origen al dólar "Senebi", el resultado de una compraventa de títulos en el extranjero contra pesos en el mercado local. Por no tener la transparencia del mercado abierto, la cotización depende de lo que acuerden las partes, pero en las últimas jornadas rondaba los $192.

Esta cotización incentivaba la participación de inversores minoristas que adquirían el dólar a tipo de cambio paralelo en el mercado bursátil, entre los $173 y los $176 y luego los vendían el Senebi para hacer una diferencia, un "rulo".

Con la nueva disposición de la CNV, se acabó el último rulo del mercado de divisas. "El cepo, del cepo, del cepo", resumió el economista Gabriel Gómez Caamaño en su cuenta de twitter.

En cambio, se deja sin efecto la restricción  a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera, algo que el mercado había cuestionado como un absurdo por privar a los inversores de la liquidación de sus propios activos ya dolarizados.

Además, entre otras regulaciones se fijó un límite de "50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable", detalló la CNV.