Senado

Los superpoderes de Alberto le permiten cerrar las escuelas, pese al fallo de la Corte

El Gobierno envió el proyecto al Senado y como anticipó LPO, utiliza una fórmula para definir las zonas de alerta epidemiológica que no podrán tener nada abierto. Fuerte rechazo de Cambiemos.

Alberto Fernández envió este lunes al Senado su prometido proyecto de ley que define parámetros para aplicar restricciones ante un aumento de casos por coronavirus y, como anticipó LPO, el texto es similar al último decreto que definió un confinamiento en el área metropolitana y lo autorizó a cerrar los colegios, suficiente para que Cambiemos anticipara su rechazo y complique su sanción cuando llegue a Diputados.

Si bien Horacio Rodríguez Larreta consiguió un fallo de la Corte que declaró inconstitucional del DNU vencido el 30 de abril, nunca objetó el siguiente, que está vigente y tiene parámetros epidemiológicos para definir un cierre total, ahora incorporados en el proyecto de ley, que en caso de sancionarse empezará a regir el 22 de mayo. 

El oficialismo tiene mayoría propia en el Senado pero en Diputados, sin Cambiemos, necesitará de al menos una parte del interbloque federal, un mix de socialistas santafesinos, lavagnistas, peronistas sin jefes y los 4 diputados de Córdoba Federal, leales al gobernador Juan Schiaretti.

Basado en el artículo 76 de la Constitución, Alberto pide en el proyecto delegarse facultades en el Poder Ejecutivo para adoptar medidas "razonables, temporarias y oportunas para proteger la vida y la salud pública en relación con la pandemia por COVID-19" y crear "condiciones para el acceso a la atención y asistencia médica adecuada de las personas afectadas".

Alberto apuesta a una fórmula para definir cuándo deben cerrar las escuelas por la pandemia

Para Cambiemos, no se respetan las autonomías provinciales y por lo tanto la discusión volverá a la Corte Suprema. "Somos un país federal, donde deben convivir armónicamente las provincias autónomas, la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno nacional. Y la Constitución Nacional les da la obligación a los gobernadores de cuidar esa autonomía y a sus gobernados. Que no se confunda el Poder Ejecutivo Nacional, que no pretenda actuar como si éste fuera un país unitario", reaccionó Mario Negri, jefe de Cambiemos.

El también radical Gustavo Menna, vicepresidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, cuestionó que el proyecto esté previsto para que rija durante la emergencia sanitaria, "cuando una delegación lo debe fijar el Congreso. No el Ejecutivo". La mesa de Cambiemos había definido temprano el rechazo a la iniciativa, cuando ni siquiera se conocía el texto, una coincidencia de Patricia Bullrich y Horacio Rodríguez Larreta.

Somos un país federal, donde deben convivir armónicamente las provincias autónomas, la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno nacional. Y la Constitución Nacional les da la obligación a los gobernadores de cuidar esa autonomía y a sus gobernados. Que no se confunda el Poder Ejecutivo Nacional, que no pretenda actuar como si éste fuera un país unitario.  

El proyecto crea un semáforo epidemiológico para definir con qué nivel de contagios y de saturación del sistema sanitario las ciudades deben endurecer las cuarentenas y, si es necesario, suspender las clases presenciales.

El artículo 21 hace alusión explícita a las escuelas: señala que en los "aglomerados, departamentos o Partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria queda suspendido el dictado de clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades".

Alberto apuesta a una fórmula para definir cuándo deben cerrar las escuelas por la pandemia

Sólo exceptúa "la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad".

Carla Vizzotti. 

Y habilita al Gobierno, previa consulta a los gobernadores o al jefe de Gobierno, a dejar sin efecto esta medida si la situación epidemiológica mejora. Las ciudades de "alarma", tanto en el último DNU como en este proyecto, son las ciudades de más de 300 mil habitantes que tengan una suba de casos de Covid hasta alcanzar 500 de 100 mil y el 80% de la ocupación de camas de terapia intensiva.

Pero también incorpora el concepto de "aglomerados", entendidos como una zona geográfica de varias ciudades. Un caso sería el conurbano bonaerense. 

El semáforo se aplica en ciudades de más de 40 mil habitantes, mientras que en el resto las autoridades locales definirán las medidas con los gobiernos provinciales a ojo. Si bien la ley es de orden público, que obliga a aplicarse en todo el territorio, insta al Gobierno nacional a fiscalizar junto a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con informes diarios sobre la evolución de los casos.

El artículo 3 es el que define los "parámetros para definir el riesgo epidemiológico y sanitario", discriminados en "bajo", "mediano", "alto", siempre para conglomerados mayores a 100 mil habitantes. En el primer caso se agrupan los lugares con una razón de crecimiento al 0.8 y una incidencia de 150 sobre el total de la población. También si el primer indicador sube a 1.2 y el segundo baja a 50.

Riego medio es cuando llega a 1.2 y el índice de contagios sube a 250; o supere la primer cifra y quede en 150 la segunda. Y alto si si supera 1.2 y la incidencia llega a 150, o a 250 con una razón de contagios menor. La alarma está pensada para ciudades de más de 300.000 habitantes, que además de no tener clases presenciales, tendrán una serie de restricciones similares a las vigentes el último mes en el área metropolitana.

Queda suspendidos los centros comerciales, shoppings, ferias en lugares abiertos o cerrados, locales comerciales y gastronómicos entre las 19 y las 6 horas, deportes al contacto en aire libre, clubes, gimnasios y otros establecimientos afines. El transporte público sólo queda habilitado para esenciales.

Otras medidas complementarias son el cierre de fronteras por 30 días y la habilitación a familiares de los internados visitarlos si están en los últimos días de su vida.