Senado

El kirchnerismo obliga a la justicia a transmitir las audiencias orales y revisar las condenas

Lo dispuso una resolución de la bicameral que define la implementación del Código Procesal Penal. Deberán garantizar el ingreso de los medios de comunicación.

La mayoría oficialista de la Comisión bicameral de implementación del Código Procesal Penal impuso este jueves una resolución para aplicar cuatro artículos, que obligan a realizar audiencias orales, difundirlas por los medios de comunicación y revisar las sentencias condenatorias firmes si así lo pide un organismo internacional. 

Se trata de conocidos reclamos de Cristina Kirchner, quien pidió en varias oportunidades la difusión de los procesos judiciales en su contra y de sus ex funcionarios. Las resoluciones son de aplicación directa previo decreto presidencial, por lo que pronto podría modificar la dinámica de la justicia federal.

La comisión es presidida por la senadora Anabel Fernández Sagasti, mano derecha de Cristina y tiene la función de definir la aplicación gradual del Código Procesal Penal aprobado en 2015, que le otorga a los fiscales la instrucción de las causas mediante un sistema de oralidad. Los dictámenes son de aplicación directa después de su publicación como resolución en el Boletín Oficial. 

Por ahora el sistema oral sólo se implementó en Salta y Jujuy; y para este año estaba previsto en Rosario y Mendoza. La nueva resolución se propone relevar su eficacia e insta al Ministerio Público y al Consejo de la Magistratura a capacitar el personal en la implementación del nuevo sistema. 

Se cocinó en una reunión de asesores el viernes pasado y se aprobó en la última reunión posible antes de fin de año, porque desde diciembre sólo pueden tratarse leyes pedidas por Alberto Fernández. 

Incorpora tres artículos que obligarán a la realización de audiencias orales, públicas y difundidas en los medios de comunicación. Se conoce justo mientras la justicia evalúa la validez de la ley del arrepentido, que le permitió al fiscal Carlos Stornelli tomar centenares de testimonios en la causa de los cuadernos, una investigación sobre presunta corrupción en la obra pública durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Esas entrevistas nunca se conocieron.  

Las audiencias públicas y el ingreso de los medios de comunicación permitirán la aplicación de los principios de publicidad, transparencia y control ciudadano   

El artículo 285 que comenzará a aplicarse obliga a que haya debates orales y públicos en los juicios bajo pena de nulidad; y sólo por cuestiones de "intimidad o seguridad" se pueda impedir acceso a personal, retirarlo de la sala o prohibir la divulgación de información, siempre con una justificación de oficio. "Desaparecida la causa de la restricción, el tribunal permitirá nuevamente el ingreso del público", se aclara.

También se implementa el 286, que permite el acceso al público de todas las personas y si es necesario deberán buscar salas más grandes. "Se priorizará la presencia de la víctima, de los familiares de las partes y de los medios de comunicación", señala. Y el 287, que les concede a los medios "las mismas condiciones que el público en general", con la instalación de "equipos técnicos que fueran necesarios".

"Estos cambios permitirán la aplicación de los principios de publicidad, transparencia y control ciudadano que están en la Convención Americana de Derechos Humanos", sostuvo Fernández Sagasti. La diputada Gabriela Burgos y la senadora Silvia Elías de Pérez, ambas de la UCR, se sorprendieron con la resolución  y advirtieron que difícilmente haya lugar en las salas para que ingresen los medios. 

"El fondo de la resolución la compartimos, pero no la forma. Queremos que haya más trabajo en equipo. Espero que esto no sea un caballo de troya. Espero: lo dejo abierto. ¡Fuimos informados ayer a las 18.30! ¡Antes no se nos dijeron nada!", se quejó Burgos. 

La otra incorporación será del inciso f del artículo 366 que refiere a la revisión de una sentencia firme ante 6 situaciones. Por ahora sólo se aplicaría en uno: cuando "se dicte en el caso concreto una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado en una comunicación individual".

"Estamos profundizando un derecho al recurso y a la revisión. Esto no sólo es para armonizar el derecho interno al internacional, sino por solicitudes del Poder Ejecutivo y del Ministerio de la Defensa. Argentina ha sido demandada ante organismos por la no revisión de las sentencias. Que es un principio constitucional y supranacional", justificó Fernández Sagasti.

La última aplicación del Código Procesal Penal fue con una resolución hace un año, después de las elecciones presidenciales, que sumó varios artículos que limitaban las prisiones preventivas, aplicadas en muchas causas sobre el corrupción.

En ese entonces la bicameral la presidía el senador peronista Rodolfo Urtubey, motivo de un cruce de chicanas este jueves cuando Elías de Pérez destacó el trabajo de su entonces Gobierno con "un senador de la oposición". La senadora chaqueña Inés Pilatti Vergara no lo soportó. "Urtubey era de nosotros, pero jugaba para Macri. Tanto, que su jefe de bloque fue el compañero de fórmula".