Diputados

La justicia volvió a pedir que se actualice la integración de la Cámara de Diputados

Es porque nunca se adaptó en función del censo de 2010. Algunas provincias podrían sumar bancas y otras perder. Pero en el Congreso no hay ánimos de cumplirlo.

La Cámara Nacional Electoral volvió a sentar postura sobre la composición de la Cámara de Diputados y reiteró la obligación de actualizar el número de sus integrantes según los datos del censo nacional de 2010.

Los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera revocaron una sentencia que rechazó el planteo del Partido Vecinal de Córdoba, que había impulsado un amparo contra Estado para reasignar la cantidad de diputados por provincia. Fuentes legislativas lo consideraron cuanto menos "inoportuno" en épocas de pandemia y recesión, porque la sociedad no toleraría un debate sobre este asunto. 

El fallo es una reiteración de uno similar de 2018, en el que se registra un incumplimiento del artículo 45 de la Constitución, que establece que la representación de la Cámara de Diputados debe ser de "uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Y obliga a actualizar la base expresada por cada Diputado, "pudiendo aumentar, pero no disminuir la base expresada para cada diputado".

Los jueces siempre se preocuparon de aclarar que no necesariamente debe aumentar la cantidad de bancas, que son 257, pero si su redistribución, aunque algunas provincias como Buenos Aires subirían su representación y alguna provincia más chica la aumentaría. Se requiere de una nueva ley del Congreso, que nunca discutió este asunto y así quedó regulado por un decreto de 1983, previo al reinicio democrático.

El fallo reiteró el reproche al Congreso para legislar y consideró que "resulta a todas luces evidente que debe darse una pronta solución frente a la vulneración de los derechos de raigambre constitucional, pues lo contrario importaría desconocer la naturaleza del amparo frente a la afectación de un derecho y, en consecuencia, lo manifestado por este Tribunal se convertiría en letra muerta".

"Si bien puso de manifiesto la obligación de hacer que tiene el Estado en esta materia, esto es así perjuicio de que la elección de tal o cual base para la distribución de los cargos a elegir es una decisión que incumbe, efectivamente, al Poder Legislativo y no al Judicial".