Banco Central

El Central publicó la lista de los infractores del control de cambios

Debate por el "escrache" a más de 400 personas que compraron más de USD 10.000 en el mes. "Más kirchenrista no se consigue", dijo Espert.

El Banco Central hizo pública este viernes la lista de las personas que compraron más de 10.000 dólares en un mes y despertó la polémica por una posible violación del secreto bancario mediante este escrache a los supuestos infractores.

"Más kirchnerista no se consigue", dijo a LPO el economista y candidato a presidente José Luis Espert, recordando los controles exhaustivos que enviaba la AFIP para a compradores minoristas de dólares durante el cepo por compras que ya habían sido previamente autorizadas por lel mismo organismo.

Más drástico fue el economista Carlos Rodriguez, que directamente calificó a la decisión del BCRA de hacer pública la lista de "digna de nazis".

Mediante la Comunicación "C" 84797, el Banco Central notificó a las entidades financieras, bancos y casas de cambio, la prohibición de venderles dólares a un listado de 29 páginas de personas -con nombre apellido, CUIL y número de DNI- que, de acuerdo al organismo, violaron el control de cambios.

"Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que en el marco del Decreto N°609/19 y de la Comunicación "A" 6770 y complementarias, mediante Resolución N°61/19, se ha dispuesto que, sin la previa autorización de este Banco, no deberán dar curso a operaciones de cambio, o en su caso, a su anulación, a nombre o por cuenta de", se lee en la primera página del documento que lleva las firmas de la gerente de Control, Mirta Martín, y del subgerente general de Cumplimiento y Control, Néstor Robledo.

Además, se les prohíbe a las entidades "transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso" de las más de 400 personas en la lista.

Por el momento, el BCRA no precisó si presentará acciones legales contra los infractores de la normativa y se defienden de las acusaciones de que están exponiendo a robos u otros delitos: "Esta comunicación C responde al control que se hace habitualmente en materia cambiaria. Hay comunicaciones de este tipo todo el tiempo. La única particularidad es que con el control de cambios el BCRA actualizó los sistemas para verificar casi en tiempo real que no se infrinja el control de cambios", dijeron fuentes oficiales.

"Las comunicaciones C, son aquellas que notifican a todo el sistema financiero. De esa manera por ejemplo si una persona incumple con las normativas establecidas, las instituciones financieras logran enterarse que esas personas, por el momento, no están habilitadas para operar por haber incumplido las normativas establecidas", agregaron desde el BCRA.

Sin embargo, el régimen penal cambiario bajo el cual el Banco Central está autorizado a inhabilitar preventivamente a los compradores e incluso a armar listados, nada dice respecto de que deban ser públicos. "Lo cierto es que las comunicaciones D son una vía igualmente efectiva de notificar a las entidades el listado de los inhabilitados sin exponerlos públicamente", dijo un importante abogado a LPO al tiempo que desestimó que la Justicia pueda hacer algo para reparar o proteger a los listados: "lo que persiguen es asustar no a los que están en la lista, sino a los demás; el daño ya está hecho".

También es cierto que la ley de protección de datos no requiere autorización previa para la lista de nombre, apellido, DNI y número de identificación tributaria ni para comunicaciones de entidades financieras.

Lo llamativo es que, tres meses atrás, el Poder Ejecutivo envió un proyecto de reforma de Carta Orgánica al congreso en el que derogaban el régimen penal cambiario. De pretender una mayor liberalización, el gobierno dio un giro de 180 días y pasó a "escrachar" infractores. 

Para Juan Manuel Álvarez Echagüe, abogado y profesor titular de derecho financiero y tributario de la USAL, la UBA y la UNLZ: "Idependientemente de la posibilidad técnica del Banco Central de abrir sumarios y aplicar sanciones por las violaciones a sus normativas, me parece que quedan claras dos cosas: primero que el Gobierno ha dado un manotazo de ahogado que salió a la luz y, segundo, que esta circular para los bancos jamás debió hacerse pública porque se está aplicando lo que se conoce como una ‘pena de publicidad'. Se los está castigando públicamente con solo informar los nombres sin que antes de les haya acreditado el incumplimiento de la normativa. Porque para eso habrá que notificarlos, dejarlos ejercer de su derecho de defensa, si efectivamente superaron el tope por la vía sumarial".

"Por otro lado, esto tiene vinculaciones estrictas con el secreto fiscal. Acá se está poniendo en conocimiento una situación que tiene consecuencias directas en materia fiscal y tributaria, porque esas personas que supuestamente compraron más de diez mil dólares, tuvieron la disponibilidad de recursos para hacer esas compras.Ya hay antecedentes de listas de personas sometidas a procesos penales tributarias que publicaba la AFIP y la jurisprudencia falló que se trataba de una pena de publicidad, como en este caso. Desconozco quién hizo trascender este listado, pero no debería haber existido ni haberse dado a conocer públicamente porque quienes están en ese listado hoy ya están condenados por el Estado y también a nivel social. Lo más factible es que cada caso tenga su sumario y cada situación aclarada debidamente sin que haya pena alguna, con lo cual es un castigo evidentemente anticonstitucional, flagrante y que ameritaría alguna acción judicial para que el Banco Central dé de baja esa información aunque ya mucho sentido no tenga porque la pena de publicidad ya está", agregó Álvarez Echagüe.