Aborto

La ley del aborto se presenta el 28 de mayo pero no se trataría este año

Será el día internacional de la mujer. La campaña electoral hará complicado el debate y los legisladores creen que se discutirá en 2020 junto al Código Penal. Sigue la pelea por las listas.

La campaña nacional por el derecho al aborto legal y gratuito presentará el 28 de mayo su nuevo proyecto para interrumpir el embarazo, anunciado hace un mes en plenario realizado la Universidad de Córdoba. 

Será el Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, según acordaron legisladores en el quinto piso del Anexo A de la Cámara baja, del que participaron los diputados Brenda Austin (UCR), Mónica Macha, Daniel Filmus (Frente para la Victoria-PJ), Teresita Villavicencio (Evolución) y la saliente Nathalia González Seligra, del Frente de Izquierda. También hubo representantes de la Campaña por el Aborto, el CELS, Amnistía Internacional, ELA, Huésped y el colectivo Actrices Argentinas.

Por la fecha elegida, a menos de un mes del cierre de listas, no hay expectativas de que sea tratado este año en medio de la campaña electoral y los legisladores ya se preparan para dar el debate el año que viene, junto al Código Penal, que no conformó ni a verdes ni a celestes, que ya empezaron los conteos sobre los votos con la próxima composición del Congreso. 

Como adelantó LPO, el proyecto no difiere del presentado cada año por la ONG, o sea, ignora la mayoría de los retoques realizados en 2018 para lograr una mayoría en la Cámara baja, que luego no fue posible repetir en el Senado.

La campaña electoral hará difícil que el aborto se trate este año. Los legisladores creen que se debatirá el año que viene, junto al Código Penal. 

Sostiene las 14 semanas de gestación como tope para abortar (el Senado había evaluado cambiarla a 12), pero no pena a las mujeres que lo practiquen superado ese período, como lo hacía el dictamen del año pasado.

Mantiene el polémico artículo que autoriza el aborto a chicas de entre 13 y 16 años por considerar que no es una intervención invasiva, según la definición del Código Civil y Comercial aprobado en 2015. Fue otro fragmento borrado en la negociación del último invierno.

El artículo 1° de la nueva redacción establece que toda mujer u "otras identidades con capacidad de gestar" -figura que se incorporó ahora- tienen derecho a "decidir voluntariamente" y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional.

En tanto, en las causales de IVE más allá de ese plazo ya no se encuentra la "inviabilidad de vida extrauterina del feto", sino que quedan establecidos los casos en los que el embarazo fuera producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida de la mujer o persona gestante.

Otro de los artículos indica que "si la interrupción voluntaria del embarazo se llevara a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa".

Este nuevo proyecto no contempla la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, un punto que fue clave para garantizar votos a favor de la iniciativa durante su debate en el Congreso.En cuanto a los cambios en el Código Penal, el artículo 88 que se propone reemplazar expresa que "la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro/a se lo causare en ningún caso será penada".