La Cepal recomienda que las plataformas digitales extranjeras paguen IVA

Argentina, Colombia y Uruguay son los únicos países de la región que lo hacen. Chile, Costa Rica y Paraguay seguirían sus pasos.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) recomendó a los países de América Latina que cobren el IVA a las plataformas de servicios digitales extranjeras.

En un informe sobre el panorama fiscal en la región, la Cepal señala que no hay consenso internacional en relación a la implementación del impuesto a la renta, ante lo que sugiere que los países de América Latina adopten las recomendaciones de la OCDE y modifiquen sus legislaciones nacionales para que los proveedores digitales paguen el IVA en cada país.

El estudio sostiene que "los avances en América Latina en materia de tributación de la economía digital son, hasta la fecha, moderados. Al día de hoy solo 3 de los 16 países analizados aplican IVA a los servicios digitales (Argentina, Colombia y Uruguay) y otros tres están en vías de hacerlo (Chile, Costa Rica y Paraguay)", según reseñó Observacom.

La Cepal destaca que "las iniciativas en materia del impuesto a la renta en la región son todavía más escasas que en el caso del IVA". En este caso, solo Uruguay y el Perú han adoptado medidas y en México hay un proyecto de Ley en debate en sintonía con la propuesta de la Unión Europea. 

El proyecto consiste en la aplicación de una tasa del 3% sobre los ingresos brutos por la realización de publicidad dirigida a ciudadanos mexicanos o residentes en el país a través de una interfaz digital, servicios que permitan localizar e interactuar con los usuarios para la entrega de bienes o servicios y la transmisión de datos recopilados de los usuarios que haya sido generada por las actividades anteriores.

En relación a los países que realizaron reformas tributarias para la aplicación del IVA a servicios digitales, el informe de CEPAL señala que en Argentina, la Ley 27.430 estableció el cobro del IVA del 21% para las empresas extranjeras que brindan servicios digitales en el país. El modelo de recaudación se realiza a través de las entidades bancarias y no se exige a los prestadores no residentes (extranjeros) inscribirse en el registro de contribuyentes.