Corte Suprema

La Corte ordenó desclasificar todos los decretos secretos de la dictadura

Tras haberse negado a hacerlo, en 2012 el kirchnerismo habilitó una publicación parcial de las normas que el máximo tribunal consideró insuficiente.

La Corte Suprema de Justicia ordenó este jueves desclasificar y difundir todos los decretos "secretos o reservados" de la dictadura militar, en un fallo que reconoce la amplitud del derecho al acceso a la información y limita las restricciones gubernamentales a entregar información.

En un fallo firmado por los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti (Carlos Rosenkrantz y Elena Highton se excusaron), la Corte reconoció la validez de un reclamo realizado por el periodista Claudio Savoia, que en 2011 acudió a la justicia debido a que la Secretaría Legal y Técnica se negó a difundir 478 decretos de la dictadura.

En un primer momento, el kirchnerismo se negó a difundirlos basados en el decreto 1172/03, que habilitaba al Poder Ejecutivo a negarse a brindar la información cuando fuera "expresamente clasificada como reservada, especialmente la referida a la seguridad, defensa o política exterior", clasificación que revestían los decretos requeridos.

Ante el reclamo judicial, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el reclamo del periodista (que había sido admitido en primera instancia) argumentando que no tenía legitimación y que el Ejecutivo había ejercido válidamente el derecho a no entregar información clasificada. Ese fallo es el que hoy revocó la Corte.

El máximo tribunal falló en este sentido a pesar de que en 2012 Cristina Kirchner dejó sin efecto el carácter secreto de los decretos de la dictadura, aunque la difusión no fue total y muchos permanecieron clasificados como "secretos". La Corte remarcó que incluso después de esa desclasificación, no se explicó la decisión de no levantar el secreto de determinados textos.

Según el CIJ, la Corte además descartó el argumento de la falta de "legitimación" del periodista y recordó su jurisprudencia según la cual "la legitimación para solicitar acceso a la información bajo control del estado es amplia y corresponde a toda persona, sin necesidad de acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal".

El tribunal resaltó además que recientemente la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública consagró el alcance amplio que "toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública, no pudiendo exigirse al solicitante que motive la solicitud, que acredite derecho subjetivo o interés legítimo o que cuente con patrocinio letrado".

Por lo tanto, la Corte ordenó a la Cámara de Apelaciones que exija la divulgación de los decretos y que si en el caso de que el Gobierno rechace la publicación de alguno, deberá "proporcionar una respuesta debidamente motivada en las normas vigentes, sujeta a control judicial, que sea suficiente para justificar una restricción razonable al derecho de acceso a la información".