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La Justicia falló a favor de los docentes y el gobierno apunta a una jueza vinculada a Alak

La decisión judicial responde al plus por presentismo de 2017. El gobierno apelará.

El juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata falló a favor del reclamo que realizaron los gremios docentes en rechazo al plus por presentismo dispuesto por María Eugenia Vidal durante el ciclo lectivo 2017, medida que fue calificada de "irrazonable".

El fallo de la jueza María Ventura, anula la resolución conjunta de los ministerios de Economía y de Educación por encontrarlo "irrazonable" y por considerar que, al no ser rubro retributivo, "ni siquiera tiene carácter alimentario".

La propuesta, que consistió en un bono de $ 4.000 para quienes no faltaran nunca, surgió el año pasado como parte de las negociaciones salariales -y fue reincorporada a las paritarias de este ciclo lectivo por $ 6.000- como un modo de desalentar los paros. Para el cobro, en tanto, se contemplaron excepciones como maternidad, vacaciones, profilaxis y ART, pero no las medidas fuerza, la enfermedad del docente ni de familiares, lo que configuró uno de los principales argumentos del fallo.

Desde el gobierno aseguran que la cartera de Trabajó aún no fue notificado del la medida resuelta por el Tribunal, pero adelantearon que apelará el fallo dictado por la jueza Maria Ventura, a la que consideran proveniente del riñon del ex ministro de Justicia, Julio Alak.

"Es insólito que la Justicia no le permita al gobierno que haga cumplir algo tan sencillo como garantizar que los docentes estén frente al aula para educar a los chicos, el gobierno de Vidal seguirá trabajando para que se cumpla con el presentismo y que los chicos reciban la educación de calidad necesaria", explican fuentes del gobierno.

El fallo cuestiona que dentro de las excepciones no estén contempladas las licencias por enfermedad. "No sólo (un docente) no podrá elegir entre enfermarse o no para privilegiar al servicio educativo sino que, en el primer supuesto, el docente debe considerarse en la obligación, por razones sanitarias y más cuando está al frente de una aula, de hacer uso de la licencia so riesgo de contagiar a los niños a su cargo", indica el fallo.

Entre los argumentos en los que postula "otro ejemplo de irrazonabilidad" supone el hecho de que el beneficio se pierde si el docente toma días de licencia en caso de donación de sangre y de órganos, donde encuentra incluso una "contradicción".

"La irrazonabilidad en este supuesto viene dado por el doble mensaje de las autoridades: por un lado, se estimula la donación de órganos o de sangre pero, a su turno, adoptar dicha conducta deseada por tales autoridades, implica la pérdida de un beneficio que las mismas autoridades otorgan", indica.