Diputados

Carrió consiguió la ley antimonopolios y llamó al boicot de los supermercados

"No hay que ir más", sugirió la diputada, que peleó por esta ley dos años. El kirchnerismo votó en contra.

Elisa Carrió consiguió la sanción de la ley de defensa de la competencia que restringe las fusiones y castiga la concentración de mercado, pero lejos de darse por satisfecha llamó a un boicot a los supermercados.

"Tenemos que ejercer los derechos a los supermercados. Yo no voy más. Es nuestro deber hacer desarrollar la ley de defensa de la competencia en un país donde la corporación y el monopolio han regido 70 años", cerró su breve discurso.

Minutos antes que le tocara hablar, Lilita se durmió en su banca y su par Alicia Terada tuvo que despertarla de urgencia. La ley fue una batalla que dio junto al jefe de Cambiemos Mario Negri durante el pico inflacionario de 2016.

La ley de defensa de la competencia multa a las empresas con prácticas monopólicas con multas de hasta el 30% del volumen de sus negocios. Carrió había pedido cárcel en 2016. 

"La podríamos llamar la ley del chivo, porque en el medio de la inflación fui a comprar un chivo y valía 6000 pesos, cuando en ojo de agua vale 600 pesos. ¡Lo pagué en dos cuotas!", se indignó.

En su primera versión, Carrió pidió cárcel para los empresarios monopólicos y obligó a una intervención de urgencia de Mario Quintana para que al menos atenúe la redacción.

Por decisión de Cambiemos, el proyecto pasó un año cajoneado en la Comisión de Defensa del Consumidor y recién el año pasado Carrió y Negri lograrlo aprobarlo y mandarlo al Senado, que lo devolvió con leves correcciones.

Como ya es habitual, pidieron nombrar ellos a los miembros de dos organismos creados en la ley, que son la Autoridad Nacional de la Competencia y a su cargo el Tribunal de Defensa de la Competencia, la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y la Secretaría de Concentraciones Económicas.

La ley prohíbe los acuerdos que pueden llegar a alcanzar firmas competidoras entre sí, las concentraciones económicas y los actos que apunten a distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado.

Y establece que los parámetros para establecer la existencia de posición dominante en un mercado, en relación al grado en que el bien o servicio de que se trate es sustituible por otros y el grado en que el presunto responsable pueda influir unilateralmente en la formación de precios o restringir el abastecimiento o demanda en el mercado.

En el artículo 8, se prohíben las concentraciones económicas cuyo objeto o efecto sea o pueda ser restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar un perjuicio para el interés económica general.

Los actos de concentración económica serán sancionados por el Tribunal de Defensa de la Competencia, sin perjuicio de la obligación de revertir los mismos y remover todos sus efectos.

Las sanciones consistirán en una multa de hasta el treinta por ciento (30%) del volumen de negocios asociado a los productos o servicios involucrados en el acto ilícito cometido, durante el último ejercicio económico, multiplicado por el número de años de duración.

El Tribunal de Defensa de la Competencia y la Secretaría de Comercio tendrán a su cargo el diseño e implementación de programas de financiamiento a proyectos, programas de capacitación, mejoras de sistemas burocráticos del Estado y de obra pública para la mejora de la infraestructura que resulte en una mejora de las condiciones de competencia.

La Secretaría de Comercio elaborará juntamente con el Ministerio Público, convenios de colaboración en la capacitación de los agentes que deberán intervenir en los procesos judiciales en defensa de competencia. La Secretaría de Comercio elaborará con el Indec un convenio.

Cuando se debatió en noviembre, Carrió y Negri repetían que no buscarán impedir operaciones comerciales por su volumen sino detectar casos de monopolios que repercutan en el desarrollo del mercado, que suelen derivar en precios más altos.

Por eso incluyeron a "personas humanas o jurídicas de carácter público o privado". Por pedido de Quintana, la ley incorporó un Programa de Clemencia, una delación premiada para carterizadores, que exime de sanción a un empresario carterizador arrepentido y reduce la multa entre el 20% y el 50% para otro miembro de su banda que aporte datos.  El kichnerismo votó en contra, como en noviembre.