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Cambiemos tiene los votos para modificar el proceso de enjuiciamiento a jueces

Se trata de la primera escala de la reforma judicial que María Eugenia Vidal envió a la Legislatura.

Tras buscar puntos en común con el Frente Renovador y los bloques del peronismo dialoguista, el oficialismo en Diputados tiene los votos para avanzar con los cambios en la ley que reglamenta los procesos de enjuiciamiento de jueces y fiscales, primera escala de una ambiciosa reforma fiscal que María Eugenia Vidal envió a la Legislatura.

Con los votos del massismo y tres bloques peronistas, Cambiemos bajará el proyecto el jueves para aprobarlo en Diputados. En tanto, la bancada de Unidad Ciudadana votará en contra porque considera que los cambios son inconstitucionales.

La idea madre del proyecto es acelerar los plazos en los Jury de Enjuiciamiento de Magistrados. Por eso, el punto central de la nueva ley será que el presidente de la Suprema Corte que le toque iniciar un juicio quedará al frente de esa instancia hasta que el juicio se termine.

La complejidad de los juicios de magistrados en la provincia de Buenos Aires radica en que se trata de jueces juzgando jueces o fiscales. Sucede que al existir en la Suprema Corte una presidencia rotativa, los jueces ‘congelaban' los juicios a sus propios pares para que los siga el magistrado que asumiría al año siguiente. Con la nueva ley, aquel juez que le toque iniciar un juicio deberá seguir el trámite hasta el final.

Uno de los cambios introducidos en este punto es una cláusula transitoria para que el nuevo sistema no se aplique con retroactividad, es decir, con los procedimientos abiertos antes de la aprobación de la ley.

Justamente, este es el punto que rechazan con fuerza desde Unidad Ciudadana. Para el kirchenrismo, esa modificación está dirigido a algunos procedimientos puntuales, como el caso del juez contencioso de La Plata, Luis Arias. El argumento del bloque es que se viola el artículo 182° de la Constitución bonaerense.

Otra de las modificaciones apunta a facilitar los mecanismos para los fiscales del interior. Ahora tendrán la posibilidad de contar con un Defensor Oficial que pueda evaluar el expediente. Hoy, es el propio denunciado quien tiene que costear abogados en La Plata para poder defenderse.

Otro punto es la inclusión de notificaciones electrónicas para el proceso de enjuiciamiento. Este artículo va en sintonía con lo anterior: modernizar el sistema, hacerlo más eficiente y utilizar la tecnología para aliviar trámites.

Además, la nueva norma obliga al Secretario Permanente del Jurado de Enjuiciamiento a presentar informes permanentes del avance de las causas. En la norma actual, los informes son periódicos y no los exige la Legislatura.

También hay modificaciones respecto de la decisión de un apartamiento preventivo. En la ley actual no hay regulación respecto de cómo se debe llegar esa determinación. La norma fijará un apartamiento preventivo de acuerdo a una ‘interpretación restrictiva'.

Además, se incorpora un artículo que establece que para el caso que el acusado pida una grabación o versión taquigráfica del juicio, esto deberá costeado por el magistrado. En tanto, en caso de suspensión de magistrado o funcionario, el importe que resulte del 40% del sueldo embargado se depositará a plazo fijo a 30 días renovable en el Banco Provincia. Ese monto será devuelto con sus correspondientes intereses en caso que ese funcionario sea reitegrado al cargo.