Justicia

Procesaron a la mano derecha de De Vido por la causa de Río Turbio

Roberto Baratta y otros 15 imputados seguirán siendo investigados, sin prisión preventiva, por el juez Rodríguez.

 El juez federal Luis Rodríguez procesó hoy sin prisión preventiva al detenido ex secretario de Coordinación del Ministerio de Planificación Roberto Baratta en la causa de la mina de Río Turbio.

Es uno de los expedientes por los que se está detenido Julio De Vido. El magistrado, que investiga irregularidades en el manejo de fondos para la remodelación de la mina, también procesó hoy a otros 15 imputados.

Baratta, mano derecha de De Vido, se encuentra detenido en el penal de Marcos Paz, por decisión del juez federal Claudio Bonadio, en el marco de una causa en la que se investigan irregularidades en la importación de Gas Natural Licuado, durante el kirchnerismo.

En su fallo Rodríguez también procesó y dispuso embargos de hasta 250 millones de pesos para el ex interventor del Yacimiento Carbonífero Río Turbio Atanasio Pérez Osuna y el ex secretario de Minería de la Nación Jorge Mayoral, entre otros.

El magistrado procesó a Baratta y a Mayoral como "partícipes necesarios del delito de defraudación por administración fraudulenta cometido en perjuicio de una administración pública", mientras que a Pérez Osuna lo sindicó como coautor.

La maniobra investigada implica el desvío de fondos por una suma superior a los 250 millones de pesos, que debieron ser aplicados a la remodelación de la mina de Carbón de Río Turbio, en Santa Cruz.

Para el juez, la maniobra fue posible porque se escondió detrás de diversos convenios de cooperación entre YCRT (Yacimientos Carboníferos Río Turbio) y la Fundación Regional Santa Cruz (FRSC), que depende de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN).

"El convenio celebrado en el año 2008 entre el YCRT y la UTN fue el instrumento legal fundamental a través del cual se orquestó la maniobra defraudatoria, que excediendo y explotando al máximo ese instrumento implicó un claro perjuicio al patrimonio estatal", sostuvo el juez en su fallo de 387 páginas.

"El andamiaje construido permitió, bajo un aparente cumplimiento de los fines públicos que las entidades persiguen y de las funciones asignadas a cada uno de los funcionarios y empleados públicos involucrados, administrar a discreción y sin limitación normativa alguna fondos públicos que el Estado Nacional expresamente decidió asignar a YCRT", remarcó el magistrado.