El Gobierno de Mauricio Macri consiguió que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño habilite a la PolicÃa Metropolitana a usar las pistolas no letales Taser, lo que habÃa sido frenado en primera y segunda instancia por una demanda de un actual funcionario de Ministerio de Justicia kirchnerista, se informó hoy oficialmente.
Se trata de unas pistolas que producen una descarga de 50 mil voltios durante cinco segundos, a través del disparo de arpones unidos al arma con filamentos electroconductores.
La PolicÃa Metropolitana fue creada en 2008 y recién entró en vigencia en 2010 -tras los infructuosos intentos de la administración de fondos por parte del Gobierno Nacional-, pero en 2009 el ministro de Justicia y Seguridad porteño, Guillermo Montenegro, impulsó un pliego para adquirir ese tipo de armas.
Carlos Pisoni, miembro de la agrupación HIJOS y después nombrado subsecretario de Promoción de los Derechos Humanos nacional, presentó entonces una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad para impedir la utilización de esas armas por entender que se trataban de un "elemento de tortura".
La jueza Andrea Danas hizo lugar al planteo en base a antecedentes de la Convención contra la Tortura adoptada por el Asamblea General de las Naciones Unidas y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, que recomendaba no utilizar ese armamento por considerar que podÃa llevar a la muerte.
Luego, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario local avaló esa resolución: ordenó que "se impidiese a la PolicÃa Metropolitana el uso de esas armas por considerarlas un elemento de tortura", en base a "los derechos a la vida, integridad fÃsica, a la salud" y a la "seguridad pública" que el demandante invocó.
El Gobierno de Macri insistió ante el máximo tribunal porteño y ahora, en un fallo al que accedió DyN, el TSJ revocó las decisiones judiciales previas, entendió que "el demandante carece de un derecho para cuestionar la licitación destinada a la compra de las mencionadas armas" y señaló que "los planteos resultaban conjeturales e hipotéticos".
El fallo fue firmado por los jueces jueces Luis Lozano, Inés Weinberg, Ana MarÃa Conde y José Osvaldo Casás, con la disidencia de Alicia Ruiz.
Lozano dijo que el amparo "parte de suponer que la Ciudad no va a tener en cuenta, en el caso de que decidiera dotar a su personal policial del arma Taser, las recomendaciones del Comité contra la Tortura", y añadió: "Dicho en otras palabras, la Cámara presupone que la Ciudad no va a generar, por ejemplo, los protocolos del uso del arma que nos ocupa o que esos protocolos no van a tener en cuenta las recomendaciones del Comité".
A su turno, Weinberg (ex integrante de los tribunales penales internacionales para Ruanda y la ex Yugoslavia) advirtió que la Cámara incurrió "en un exceso en su jurisdicción: interfirieron en la delimitación de lineamientos de polÃticas de seguridad pública sin fundamento -causa o controversia- que habilite tal interferencia en el ejercicio de una potestad que la misma Constitución local le otorga a poderes distintos del Judicial".
"Tanto la actora como los jueces de Cámara omiten exponer fundamentos concretos que demuestren la ilegalidad del uso de las armas Taser por parte de los agentes de prevención", dijo.
Y añadió que tampoco demuestran con "razones concretas que permitan sostener con meridiana certeza que las fuerzas de seguridad actuaran con desapego a las normas constitucionales y legales que regulan su actuación".
"Corresponde hacer notar que, en rigor, el trasfondo del planteo de la accionante no tiene directamente que ver con la adquisición o no de las armas Taser sino que discute una decisión mucho anterior y ya convalidada en nuestro orden jurÃdico, es decir: si corresponde o no que las fuerzas de seguridad utilicen armas (en sentido amplio) para el ejercicio de sus funciones. Esta no es la forma, el ámbito ni la oportunidad de encausar un planteo semejante", añadió.
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Si bien la labor jurídica de la magistrada Danas es muy loable ,dado su intachable trabajo en la jurisdicción, la Cámara de Apelaciones, deja mucho que desear con fallos maniqueos ; en los cuales por un lado se horririzan de una tasat pero por otro traban la urbanización de una zona con marginalidad y favorecen negocios inmobiliarios mediante la via libre que se da a la destrucción del patrimonio urbano y arquitectonico. Ese doble estandarte que caracteriza a los camaristas del poder judicial de la Ciudad, y que esta condenando a la ciudad a tener un papel vergonzante.
La policía metropolitana esta bien capacitada, si tomamos en comparación la de la provincia de Buenos Aires que es cuasianarquica. Si este tipo de materiales será para evitar el uso de armamento que sea más lesivo hacia los delincuentes, bienvenido sea, y que puntualmente no sea utilizado en protestas sociales donde no hay delincuentes sino a lo sumo en el peor de los casos infractores o contraventores, Que su uso se limite con prudencia a detener delincuentes que se aprestan a robos y delitos que tienen en vilo a los porteños.
LA TAZER PROVOCA MENOS MUERTE QUE LAS ARMAS DE FUEGO CONVENCIONALES, YA QUE ESTAS USAN UN PROYECTIL QUE PUEDE PROVOCAR LA MUERTE Y DAÑOS COLATERALES A VARIAS PERSONAS A LA VEZ.
LA POLICIA DE EEUU USA ESTA PISTOLA SOLO EN OCACIONES Y HAY MAS MUERTOS POR ARMA DE FUEGO QUE POR LA TAZER.
LA POBREZA, LA CORRUPCION DE LOS K TAMBIEN SERIAN MECANISMO DE TORTURA PORQUE CAUSA MAS DAÑO QUE LA TAZER, ESTO ES MUCHO PEOR QUE USAR ESTA PISTOLA PARA INMOVILIZAR A UNA PERSONA.
LA POLICIA DE VALENCIA ESPAÑA, TAMBIEN USA ESTA PISTOLA, 0 MUERTOS. DEJEN DE MENTIR CON LOS DERECHOS HUMANOS...........RESPETEN LA VIDA Y LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS, NO DE LOS DELINCUENTES.