La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la declaración de rebeldÃa del fiscal porteño Carlos Stornelli en la causa por supuesto espionaje ilegal que se le sigue en Dolores por no haberse presentado a cuatro citaciones a declaración indagatoria.
Los camaristas Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel resolvieron "confirmar la declaración de rebeldÃa" de Stornelli aunque "dejando a salvo la inmunidad de arresto que de momento detenta el Sr. Fiscal declarado rebelde".
"Nos permitimos reflexionar que los funcionarios públicos alcanzados por esa prerrogativa, no debieran abusar de la misma, para intentar eludir su obligación de cumplir con una manda judicial, máxime cuando en este caso, el convocado se trata de alguien que fue designado justamente para promover la actuación de la justicia, en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad", consideraron los jueces.
La Cámara advirtió que "en un sistema democrático, con funcionamiento republicano de las instituciones, no deben admitirse privilegios personales que permitan al beneficiario de una inmunidad de arresto, abstraerse del cumplimiento de determinadas cargas procesales derivadas del proceso judicial regular."
Además, la Cámara ordenó a Ramos Padilla cumplir "en forma inmediata" con lo dispuesto en el artÃculo 1 de la ley 25320, esto es pedir su desafuero, salvo que Stornelli opte "por comparecer en forma voluntaria, haciendo cesar asà su estado de rebeldÃa en el proceso".
"Conforme asà lo dispone en forma expresa el Art. 1 de la Ley, una vez que el Magistrado actuante constata la incomparecencia del fiscal aforado a estar en juicio, deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio polÃtico a la autoridad competente, ya que, de asà acaecer y si correspondiese, una vez despojado el Sr Fiscal de sus fueros, es el propio Juez quien posee las herramientas procesales para constreñir su comparendo a estar a derecho", recordó la Cámara.
"Entendemos que la procedencia de la declaración de rebeldÃa efectuada en el decurso regular de un proceso democrático, en el que el citado omite concurrir a citación indagatoria en cuatro oportunidades, no resulta ser en nuestro criterio, una decisión contraria a derecho, en aquellos casos en que quien es requerido por el Juez interviniente posee garantÃas funcionales de actuación, como lo es en concreto, la inmunidad de arresto, que rige respecto de ciertos aforados, hasta el momento en que el citado sea privado de ella en términos de ley", agregó el fallo.
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La que se habrán repartido en estos 4 años......, sólo las offshore y los Bancos de las Caiman y seicheles dondetienen depositada gran parte de la guita conocen el número. la otra la tienen en el colchón.
ya cayo.
ya perdio toda la credibilidad, si es que alguna vez la tuvo.
salvo la de las diez viejas, que ponen banderas en tribunales, ( ayer estaban, y eran literalmenete, 10).
habia un hombre. hay que decirlo. un tipo, habia.