08 de mayo, 2024
Editorial
Nueva ley de servicios audiovisual de Brasil
La semana pasada el gobierno Federal de Brasil promulgó la nueva ley de servicios audiovisuales. Nunca tan apropiado el nombre de una ley para describir la naturaleza y objeto que habilitará brindar los diferentes servicios por empresas de telecomunicaciones, productoras, prestadores de servicios de televisión y proveedoras de Internet. |
En las últimas décadas, la tecnología posibilitó ofrecer servicios que tradicionalmente se había mantenidos separados entre sí regulatoriamente. Esto significó que hasta ahora existían licencias para servicios de televisión, para telefonía o para Internet. El crecimiento de las redes interactivas y sus características de interoperabilidad, masividad y diversidad de contenidos (tendencia que continuará en aumento) puso en duda la practicidad, eficiencia y sobre todo la realidad en la regulación de servicios separados entre sí.
En los hechos, las señales de televisión, el acceso a datos y contenidos multimedia, no encontraron fronteras artificiales en las redes de conectividad. El tendido de cables telefónicos y las redes de televisión por cable, crecieron en gran parte por el tráfico de datos que pudieron trasportar. Aprovechando ambas, una capacidad que redundó en más clientes y mejores servicios. Lo mismo aconteció con el acceso a redes inalámbricas o de telefonía celular. En la actualidad la posibilidad de ver programas de televisión, escuchar radio y “hablar” por teléfono, todo ello por Internet son características propias de una realidad cotidiana del uso de la misma.
Esta interoperabilidad de redes y servicios no siempre ha sido receptada por los marcos normativos de los países. Si en otra época la tendencia fue a separar y regularlos en forma independiente, en la actualidad esta divisoria se ha desdibujado por las características de la red, la tecnología existente y lo más importante: el uso que hacen los clientes de los datos trasmitidos por ellas.
Con la aprobación de la nueva ley de servicios audiovisuales, Brasil ha tomado claramente el camino en permitir la convergencia de prestadores, servicios y tecnologías para el ofrecimiento de distintos negocios sin importar el medio por el cual lleguen a sus usuarios. Esto posibilitará a las empresas de ese país la prestación de televisión paga, la inclusión de las empresas de telefonía y de acceso a Internet para brindar indistintamente servicios.
También se han fijado cuotas de producción nacional y así también, que los canales de cable y aire deban ofrecer el acceso y emisión a las producciones independientes, de los canales propietarios de esos programas. Está claro el impulso que la ley pretende dar a la televisión por cable, la que en la actualidad llega a solo 11 millones de hogares, cifra muy reducida en relación con la población total del Brasil. Será interesante observar que es lo que ocurrirá con el Grupo Slim que junto a su empresa de telefonía celular Claro, podrá converger sus redes con parte de su otra empresa Embratel.
Distinto es lo que ocurre en nuestro país. Con una ley de telecomunicaciones vigente y sancionada en el año 1972, (de ella queda muy poca contemporaneidad para ser aplicable), la separación para la prestación de servicios convergentes está vedada. El cambio ocurrido en el sector parece no haber sido plasmado en un marco normativo acorde con la tendencia mundial en la materia. Las barreras regulatorias sin embargo, no impiden que un público ávido de contenidos, ya sean éstos emitidos o recibidos por medio de redes o dispositivos convergentes, los utilicen. Tal vez como en ningún sector se ve tan claramente la separación que existe entre lo que está plasmado en una ley y lo que está ocurriendo en el uso, aplicación y tecnológicas disponibles.
La posibilidad de permitir una apertura real de todos los sectores, incluso el disponer de mayores capacidades de transmisión de datos, de habilitar frecuencias de espectro radioeléctrico, optimizar su utilización y posibilitar rebajas en los precios para los usuarios, será las consecuencias inevitables de aceptar regulatoriamente lo que la tecnología ya es está dando. Esta es la gran asignatura pendiente de todo el sector. Una tendencia marcada por Brasil, que como siempre y en materia de tecnología tarde o temprano, llega.
En los hechos, las señales de televisión, el acceso a datos y contenidos multimedia, no encontraron fronteras artificiales en las redes de conectividad. El tendido de cables telefónicos y las redes de televisión por cable, crecieron en gran parte por el tráfico de datos que pudieron trasportar. Aprovechando ambas, una capacidad que redundó en más clientes y mejores servicios. Lo mismo aconteció con el acceso a redes inalámbricas o de telefonía celular. En la actualidad la posibilidad de ver programas de televisión, escuchar radio y “hablar” por teléfono, todo ello por Internet son características propias de una realidad cotidiana del uso de la misma.
Esta interoperabilidad de redes y servicios no siempre ha sido receptada por los marcos normativos de los países. Si en otra época la tendencia fue a separar y regularlos en forma independiente, en la actualidad esta divisoria se ha desdibujado por las características de la red, la tecnología existente y lo más importante: el uso que hacen los clientes de los datos trasmitidos por ellas.
Con la aprobación de la nueva ley de servicios audiovisuales, Brasil ha tomado claramente el camino en permitir la convergencia de prestadores, servicios y tecnologías para el ofrecimiento de distintos negocios sin importar el medio por el cual lleguen a sus usuarios. Esto posibilitará a las empresas de ese país la prestación de televisión paga, la inclusión de las empresas de telefonía y de acceso a Internet para brindar indistintamente servicios.
También se han fijado cuotas de producción nacional y así también, que los canales de cable y aire deban ofrecer el acceso y emisión a las producciones independientes, de los canales propietarios de esos programas. Está claro el impulso que la ley pretende dar a la televisión por cable, la que en la actualidad llega a solo 11 millones de hogares, cifra muy reducida en relación con la población total del Brasil. Será interesante observar que es lo que ocurrirá con el Grupo Slim que junto a su empresa de telefonía celular Claro, podrá converger sus redes con parte de su otra empresa Embratel.
Distinto es lo que ocurre en nuestro país. Con una ley de telecomunicaciones vigente y sancionada en el año 1972, (de ella queda muy poca contemporaneidad para ser aplicable), la separación para la prestación de servicios convergentes está vedada. El cambio ocurrido en el sector parece no haber sido plasmado en un marco normativo acorde con la tendencia mundial en la materia. Las barreras regulatorias sin embargo, no impiden que un público ávido de contenidos, ya sean éstos emitidos o recibidos por medio de redes o dispositivos convergentes, los utilicen. Tal vez como en ningún sector se ve tan claramente la separación que existe entre lo que está plasmado en una ley y lo que está ocurriendo en el uso, aplicación y tecnológicas disponibles.
La posibilidad de permitir una apertura real de todos los sectores, incluso el disponer de mayores capacidades de transmisión de datos, de habilitar frecuencias de espectro radioeléctrico, optimizar su utilización y posibilitar rebajas en los precios para los usuarios, será las consecuencias inevitables de aceptar regulatoriamente lo que la tecnología ya es está dando. Esta es la gran asignatura pendiente de todo el sector. Una tendencia marcada por Brasil, que como siempre y en materia de tecnología tarde o temprano, llega.
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