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La reforma laboral en Brasil: ¿Un faro para la Argentina?
Por Damián Ledesma
Brasil aprobó modificaciones que fomentan la precarización de la fuerza de trabajo ¿Qué posibilidades hay de instalar una reforma similar en la Argentina?

El gobierno del país más poderoso de América del Sur decidió dar un importante giro en materia de legislación laboral modificando un centenar de los 900 artículos de la Consolidación de Leyes de Trabajo. A los cambios en materia fiscal -inmovilización del gasto público por 20 años y el debate por la reforma jubilatoria- se suma ahora la transformación en el ámbito laboral.

La reforma se impulsa en un contexto de profunda crisis económica para el país vecino. Crisis que ya lleva ocho trimestres signados por la contracción y una tasa de desocupación que cerró el segundo trimestre de 2017 en 13%. Con las modificaciones en materia laboral el gobierno pretende dar una señal a los inversores internacionales y locales para reactivar el mercado brasilero. El tiempo demostrará sino termina siendo tan sólo un retroceso en derechos laborales para el conjunto de los trabajadores.

Uno de los principales cambios que instrumenta la reforma es la prevalencia de los acuerdos sindicales por encima de la Consolidación de Leyes del Trabajo (CLT). Es decir, se pueden negociar condiciones de trabajo diferentes de las que establece la ley, aún sin que impliquen una mejora para los trabajadores. A su vez se establece la posibilidad de elección para representantes sindicales que no estén afiliados al gremio y ya no es más obligatoria la contribución sindical.

Esta reforma lesiona el talón de Aquiles del sindicalismo: por un lado su fuerza colectiva (los trabajadores organizados) y por otro su sustento económico (contribución sindical). Segmentar y atomizar la fuerza organizada del trabajo, de modo tal de diluir las resistencias que implicarían el achicamiento de derechos de los trabajadores, asemeja al modelo chileno, que aparece como el espejo enaltecido que precisa la resurgida era neoliberal.

Respecto a las condiciones de trabajo, se permiten jornadas laborales de 12 horas (seguidas de 36 hs. de descanso). Se establece la figura del "banco de horas" para compensar las horas extras, pudiendo negociarse de forma individual entre el trabajador y el empleador. Se eliminan del contrato el pago por las horas de desplazamiento. Se establece una nueva modalidad de contratación, el "contrato intermitente" que permite el empleo de personas por horas o días al mes, las cuales recibirán un pago vinculado solo al tiempo que se trabaje, sin contemplar las interrupciones.

Otra figura nueva es la del "trabajador hipersuficiente", asalariados que por el valor elevado de sus salarios, podrán negociar de forma individual, aun yendo en contra de lo acordado por el sindicato o la ley laboral. Las vacaciones podrán fraccionarse en tres tramos, mientras que con la legislación anterior sólo se podían fraccionar en dos para casos excepcionales.

A su vez, se dificulta el acceso a la justicia laboral por parte de los trabajadores: se modifican los requisitos para el acceso a la justicia gratuita y en los casos en los que el trabajador pierda el litigio, debe afrontar los costos del proceso, mientras que con la legislación anterior era el sindicato quien se hacía cargo. Estas modificaciones a la CTL, implican un claro avance hacia la precarización de los trabajadores al establecer modalidades contractuales sin ningún tipo de garantía para el empleado, y significan un gran retroceso en materia de derechos laborales.

Resultan llamativas las modificaciones respecto a los derechos de las mujeres trabajadoras. Mientras occidente debate cómo avanzar hacia una mayor igualdad en materia política, económica y laboral entre hombres y mujeres, la reforma en Brasil toma el sentido inverso. La nueva legislación determina que mujeres embarazadas pueden trabajar en condiciones insalubres (en grado medio y mínimo), debiendo avisar a la empresa con 30 días de anticipación sobre su embarazo. En la legislación original no había un plazo establecido de tiempo para dar aviso del embarazo y estaba prohibido todo tipo de trabajo insalubre para mujeres embarazadas.

En síntesis, la reforma a la Consolidación de Leyes del Trabajo implica un gran retroceso en materia de derecho laboral. Entre sus puntos nodales se avizora un claro avance hacia la flexibilización del mercado laboral mediante las nuevas modalidades contractuales: le quita derechos a las mujeres; se limita el acceso a la justicia y fundamentalmente pierden fuerza las instancias de representación colectiva de los trabajadores.

Al modificar aspectos tan importantes de la legislación, el gobierno de Brasil, que no ha sido electo por la voluntad popular, martilla con vehemencia al adormecido y fragmentado movimiento obrero brasilero. Con una representación colectiva debilitada y sin una mediación estatal que busque equilibrar la relación entre trabajadores y empleadores, pasa a ser el individuo el único custodio de su fuerza laboral.

La reforma laboral en Brasil: ¿Un faro para la Argentina?

Brasil es la principal potencia económica y política de América del Sur, todo lo que suceda allí repercute con intensidad en el resto de la región, ya sea a nivel político o económico. En la Argentina, se viene instalando en la agenda pública algunos debates respecto a legislación laboral. Desde importantes medios de comunicación e incluso desde ciertos sectores de la dirigencia política oficialista se han hecho declaraciones respecto a la necesidad de bajar los costos laborales. También formó parte de ese repertorio la discusión por las paritarias, ya que se habló de cambiar la modalidad de las negociaciones colectivas, generando acuerdos por sector o productividad como el caso de petroleros o mecánicos.

Aun así, el único debate que tuvo consecuencias concretas tiene que ver con el Régimen de Riesgos de Trabajo que fue modificado por ley, con el objetivo de impedir el fácil acceso de los trabajadores a la justicia estableciendo obligatoriedad de concurrencia ante las comisiones médicas, previo al inicio de alguna demanda. Se instaló en la agenda pública la necesidad de realizar una reforma de este tipo para terminar con las "mafias de los juicios laborales". De la misma manera, se pretende instalar ahora que las empresas no pueden afrontar los abultados "costos laborales", con el objetivo de lograr la legitimidad social necesaria para una reforma laboral.

De todas maneras, una reforma con las características que se dio en Brasil sería difícil de aplicar aquí sin elevados niveles de conflictividad social. La fortaleza del Movimiento Obrero argentino, (y más allá de actitudes genuflexas de algunos jefes sindicales) ha permitido conservar pisos de garantía laboral desconocidos en Latinoamérica. Es sintomático por ejemplo si comparamos la tasa de sindicalización del 2008 (año que la OIT presenta información de ambos países). Argentina llegaba al 38% mientras que en Brasil era del 22,2%, para luego derrumbarse al 16,6% en el 2013.

Una alternativa de la gestión Cambiemos en caso de avanzar en la modificación de las relaciones laborales, es la reforma por goteo. Es decir, un cambio progresivo que les evite el conflicto abierto que deje sin opción de confrontación al sindicalismo clásico. Tal como se hizo para sacar la reforma al Régimen de Riesgos de Trabajo: se instala el tema en la agenda pública para generar cierta legitimidad, y se invoca a una cuestión de Estado y a una condición sine qua non para las inversiones y desarrollo económico del País.

Si bien no deberíamos esperar un rumbo similar al de Brasil, los cambios se revelan como un caso testigo que no puede pasar desapercibido en toda la región, tanto por el factor político como por la interdependencia económica. Las grandes barreras de contención que tendrán este tipo de reformas serán las Centrales Obreras y el Congreso de la Nación, representantes de los trabajadores y la sociedad en su conjunto.

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  • 2
    Nicolas Szec
    22/08/17
    16:47
    y mientras tanto los idiotas se preocupan por la "pelea Cristina Mauricio" si nos garchan es porque nos gusta. que queres que te diga
    Responder
  • 1
    felix
    18/08/17
    12:08
    Otra pelicula que ya la vimos y termina muy mal...
    Responder
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