ley de gestión de intereses
¿Por qué regular el lobby?
Por Agustina De Luca
La ciudadanía tiene derecho a saber qué intereses privados pueden estar influenciando las decisiones de sus representantes y para eso hace falta una ley. Fortalezas y debilidades del proyecto oficial.

La gestión de intereses -o lobby- es una actividad lícita y legítima; y que, como tal, debe ser regulada. El proceso de toma de decisiones en el ámbito público posee diversas etapas como personas e instituciones que influyen en la decisión final: desde funcionarios, sus asesores técnicos y armadores políticos, hasta instituciones con o sin fines de lucro, con un interés público o privado.

Estos actores hoy influyen - y mucho- en el punto final de proceso de toma de decisión. De lo que se trata es de transparentar ese proceso: que todos conozcamos con quiénes se juntan nuestros gobernantes y de qué modo buscan influenciar en sus decisiones. Los funcionarios tienen un interés público que perseguir, buscando el bienestar de la comunidad en su conjunto. Cuando un interés privado se cruza en ese camino, es importante que la sociedad en su conjunto sepa que eso está sucediendo, y qué está haciendo el funcionario para no dejarse influenciar por quienes se guían por sus intereses privados. Y es esto, justamente, lo que pretenden hacer las normas que regulan la gestión de intereses, al visibilizar procesos que hoy se encuentran ocultos.

El pasado jueves 20 de abril, el Poder Ejecutivo Nacional envío al Congreso una iniciativa de ley para regular la gestión de intereses. Desde hace años, legisladores de diversos bloques políticos vienen presentando sus propios proyectos, aunque sin éxito para su tratamiento. Actualmente, existen 3 con estado parlamentario (Stolbizer, Carrizo y Camaño), y tantos otros que sirven como antecedentes.

Si bien celebramos la iniciativa del Ejecutivo que, con esta medida, demuestra interés en robustecer el marco institucional de nuestro país en materia de transparencia y lucha contra la corrupción, entendemos que hay ciertos aspectos que podrían ser mejorados en el ámbito legislativo, a fin de contar con una norma de acuerdo a estándares internacionales y que pueda dar respuesta y transparentar la toma de decisiones.

En particular, creemos que existen ciertos aspectos positivos de la norma, tales como la contemplación dentro de los sujetos obligados por la norma, a los asesores y colaboradores de los funcionarios, o rectores y decanos universitarios. Asimismo, el incluir la igualdad de trato para todos los actores, busca garantizar la equidad entre aquellos con más recursos y capacidad de influencia, de otros más chicos a quienes les cuesta acceder a espacios de poder. También se contempla que la gestión de intereses puede darse por fuera del despacho u oficina del funcionario, y puede ser en un café, edificio privado u hotel.

Sin embargo, existen otros aspectos que la norma no aborda, tales como obligaciones más claras y precisas para los lobbyistas, mayor detalle y rigurosidad para la publicidad de las audiencias de gestión de intereses (definir periodicidad de actualización, formatos, dónde se publicará la información, entre otros). También, se le da demasiada libertad a cada autoridad de aplicación de la norma para dictar sus propias reglas sin brindar un manto uniforme para todos los ámbitos. Además, no se establecen sanciones fuertes y lo suficientemente disuasorias para que los funcionarios cumplan con la norma, mientras que las exclusiones de la norma son demasiado amplias (sobre todo el inciso (a) del artículo 5), lo cual da lugar a interpretaciones vagas, que puedan atentar contra el espíritu de la normativa.

En definitiva, lo que este tipo de proyectos buscan es transparentar procesos y actividades que ya se dan: los grupos de interés influyen, y muchas veces determinan leyes y políticas públicas. Pero estos procesos son opacos y atentan contra el derecho humano de acceso a la información pública e igualdad ante la ley. Esperamos que el Congreso trate prontamente este proyecto y contemos lo antes posible con una ley que regule la gestión de intereses en el ámbito público.

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