Provincia
El juez Arias frenó el tarifazo eléctrico de Vidal
La medida impacta en las cuatro empresas distribuidoras y en las cooperativas del interior.

La justicia en lo contencioso administrativa de La Plata declaró hoy la nulidad de la resolución del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense que autorizó el aumento en las tarifas de luz para los prestadores de ese servicio en territorio bonaerense.

La medida la adoptó el juez Luis Federico Arias y afecta a las empresas Edelap (La Plata y región), Edes (sur bonaerense), Edea (costa atlántica), Eden (norte de la provincia) y las -alrededor de- 2000 cooperativas que no podrán cobrar el aumento.

En el fallo, el magistrado hizo lugar a una medida autosatisfactiva promovida por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ) contra el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y declaró la nulidad de la resolución 22/16.

Sin embargo, el juez consideró que la nulidad de los aumentos no afecta a la Tarifa Social dispuesta en esa resolución.

Además, ordenó al Poder Ejecutivo y al Órgano de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires a que, dentro del plazo de cinco días corridos, se instruya a las distribuidoras a la refacturación de la tarifa eléctrica, con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la resolución impugnada.

También ordenó la restitución de todos los importes percibidos en exceso con motivo de la aplicación de la citada Resolución, que serán aplicados en futuras facturaciones.

En el fallo, el magistrado consideró que “los usuarios no han tenido participación alguna en el procedimiento de revisión tarifaria, ni han sido informados de las razones o motivos del aumento”.

Arias cuestionó así la falta de una audiencia pública para definir el aumento tarifario, audiencia a la que el gobierno bonaerense convocó para el 28 de julio en Mar del Plata.

Arias había hecho lugar el pasado 31 de mayo a una medida cautelar presentada por el CIAJ y suspendió el aumento tarifario, aunque luego la Cámara en lo Contencioso revocó el fallo.

Si bien la cámara no se expidió sobre el fondo del asunto, aceptó las apelaciones de las empresas de energía y dio "efecto suspensivo", a la medida de la instancia anterior hasta que sea resuelta el caso.

Sin embargo, hoy Arias declaró la nulidad de las resoluciones en un fallo de características similares al de la Cámara Federal de La Plata que lo hizo con respecto a las tarifas de gas.

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