Provincia
Un fallo de la Cámara Federal suspende el tarifazo de gas en todo el país
Los jueces resolvieron declarar "nulo" el aumento y retrotrajeron las tarifas a los valores de marzo.

La Cámara Federal de La Plata declaró hoy nulo el aumento de gas dispuesto por el ministro de Energía, José Aranguren, y ordenó retrotraer la situación tarifaria a la existente antes del dictado de las resoluciones 28 y 31, que son las que modificaron los esquemas tarifarios del gas.

El fallo de segunda instancia llegó tras la apelación de Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores y del Ministerio de Energía en la causas iniciada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) contra el Ministerio en los tribunales federales de la provincia de Buenos Aires.

El fallo de primera instancia reconoció que el aumento de tarifas "estuvo viciado por ser un recurso ineludible la participación ciudadana", es decir, el llamado a audiencia pública. A la vez, sostuvo que el nuevo esquema tarifario no es irrazonable, por lo que rechazó el pedido de suspensión del tarifazo.

Para Consumidores Argentinos el juez incurrió en una incoherencia al reconocer que el no se cumplió el procedimiento legal para subir las tarifas y no dejar la suba sin efecto.

Mientras que para el Ministerio, el juez de primera instancia se equivocó al no distinguir que la audiencia pública es un requisito para hacer un cambio tarifario definitivo tras una Revisión Integral de Tarifas, pero no para hacer una modificación de carácter transitorio del gas, lo cual es una atribución del Enargas. Además sostuvo que dejar sin efecto el tarifazo representa un perjuicio irreparable para el Estado.

Sin embargo, según el Cepis la modificación transitoria de las tarifas que resolvió en Enargas se enmarca en un procedimiento que tuvo su audiencia pública en 2004 y que el contexto de lo convenido hace doce años "ha cambiado", por lo que esa participación ciudadana no le quita derecho a la ciudadanía a reclamar una nueva instancia de participación ante los aumentos de 2016.

En la consideración de los agravios, la Cámara consideró que el argumento de la audiencia realizada en 2004 que habilita al tarifazo "no resiste análisis como justificativo de la ausencia de celebración de Audiencia Pública previa al dictado de las Resoluciones 31/2016 y 28/2016 –medidas que conllevan una implicancia económica directa sobre las tarifas del servicio público de gas natural- , toda vez que no se puede tener por satisfecha la obligación fundamental del Estado, respecto de los usuarios y consumidores, de brindar las herramientas de participación y protección de los derechos constitucionales de incidencia colectiva, a través de audiencias públicas celebradas años atrás en el marco de la ex UNIREN. Máxime, cuando las circunstancias sociales y económicas eran disímiles a las actuales en el momento del dictado de las resoluciones que se impugnan."

Con fundamento en un fallo anterior de la Corte en el caso Negrillo de 2014 en el que había dejado un aumento del 180% de un servicio púbico por no contar con la participación ciudadana, resolvió que el Ministerio de Energía debe llamar a Audiencia Pública. 

Además dijo que el argumento ministerial de que este aumento es previo al aumento definitivo refuerza la obligación del Estado de convocar a la participación ciudadana, lejos de eximirlo.

Finalmente, los jueces de la Sala II, lleva la firma de los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Héctor Schiffrin, fallaron que "las citadas resoluciones devienen nulas por no haber sido precedido su dictado de las audiencias públicas cuyo cumplimiento resulta exigible, lo que así corresponde declarar".

Además, el juez Schiffrin pidió que sean revisados los impuestos que acompañan a las boletas de gas y que encarecen la provisión de un servicio público.


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  • 4
    07/07/16
    22:30
    aranguren, mirá el costo que le haces pagar a Macri!!! y todo porque vos sos un animal angurriento
    Responder
  • 3
    dotcom
    07/07/16
    20:24
    FUERA CHORRONGUREN, FUERA PRAT GAY, FUERA MELCONIAN, FUERA STURZENEGGER, FUERA PANCHO CABRERA (COME GATO), FUERA MARIO QUINTANA....CACEROLAZO YAAAAAAA!!!!!!!!!!!!!!!!
    Responder
  • 2
    dotcom
    07/07/16
    20:00
    y ya lo ve, y ya lo ve, es para chorronguren que lo mira x tv !!!!!!!!! espero que ahora la corte convalide !!!!!!!
    Responder
  • 1
    juan delpueblo
    07/07/16
    16:52
    Macri-Aranguren: mamarrachos y vendepatria!
    Responder
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