Provincia
El sciolismo desmintió haber prohibido la venta de preservativos y repelentes en farmacias
El ex ministro Collia negó que Scioli haya prohibido la venta de artículos "no farmacéuticos" en esos comercios.

El ex ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, tuvo que salir al cruce de una versión periodística que indicaba que Daniel Scioli había prohibido, dos días antes de dejar el gobierno, la venta de repelente, preservativos y pañales en las farmacias.

"La reglamentación de Ley 10.606 RATIFICA Art.1 y NO LIMITA venta de repelentes, profilácticos o pañales en farmacias", escribió Collia en su cuenta de la red social Twitter, donde agregó que su versión fue ratificada por las autoridades del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.

El ex ministro y actual funcionario del municipio de La Matanza se refirió así a una nota del diario Clarín donde se afirmaba que la prohibición empezaría a regir dentro de seis meses cuando entre en vigencia un decreto que Scioli firmó días antes del dejar el gobierno.

El medio sostuvo que la Cámara de Farmacias Bonaerense (Cafabo), que integra la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF), estaba analizando el impacto que tendrá en el sector la nueva reglamentación de la ley 10.606. "Como de la lectura del nuevo decreto se desprenden cambios que pueden perjudicar a nuestras farmacias, analizamos todas las posibilidades para realizar las acciones que del mismo se desprendan en defensa de los intereses de nuestras farmacias asociadas", sostuvieron desde esa Cámara.

Según esta información, el decreto establece que la farmacia "es un servicio de utilidad pública para la dispensación de los productos destinados al arte de curar, de cualquier origen y naturaleza, así como la preparación de fórmulas magistrales y oficinales, material aséptico, inyectables, productos cosméticos o cualquier otra forma farmacéutica con destino a ser usadas en seres humanos". 

“Se hizo una interpretación errónea de la reglamentación, pero de ninguna manera se dejará de expender esos productos”, aclaró hoy Isabel Reinoso, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia. "Lo que no se puede vender es yerba o azúcar, pero eso tiene que ver con el modelo de farmacia shopping que en la Provincia nunca tuvo cabida", agregó.

LPO pudo tener acceso al decreto publicado en el Boletín Oficial del 26 de enero de este año. Así, con las modificaciones introducidas, el artículo 1º del decreto 145/97 establece que “en las farmacias se realizarán única y exclusivamente las actividades previstas en el artículo 1º de la Ley N° 10.606 y aquéllas contempladas dentro de las incumbencias del título de farmacéutico que conciernan al servicio de farmacia”.

En tanto, el artículo 2º establece que “la dispensación al público de medicamentos, incluso de aquéllos denominados de venta libre o sin receta, se realizará personalmente en el mostrador de la farmacia, bajo la supervisión del profesional farmacéutico. Las farmacias deberán poseer una ordenada separación entre los medicamentos según sea su condición de expendio, no pudiendo en ningún caso estar al alcance directo del público”.

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  • 1
    05/02/16
    22:22
    la basura de yoli y sus complices, ahora niegan todo lo que hicieron y robaron. Tiran la piedra y esconden la mano, nunca tuvieron huevos, son cobardes, mentirosos y delincuentes
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