Elecciones 2015
La Cámara Federal de La Plata ratificó a Durán al frente del Juzgado Electoral
La Justicia revocó la decisión del juez Recondo quien había dejado sin efecto la continuidad de Durán.

La Cámara Federal de La Plata ordenó que Laureano Durán continúe al frente del estratégico Juzgado Federal 1 de la capital provincial, con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires.

La Cámara revocó la decisión adoptada por el juez Alberto Recondo -quien había dejado sin efecto la continuidad de Durán por "inconstitucional"-, porque la remoción del magistrado "supone dejar en un estado grave y notorio de incertidumbre el servicio de Justicia" y "un proceso electoral en curso entorpecido".

La medida fue dispuesta por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Julio Víctor Reboredo, Roberto Agustín Lemos Arias y Carlos Román Compaired.

El fallo suspendió lo resuelto este jueves por el juez Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, quien dejó sin efecto la designación de Durán como juez subrogante al declarar inconstitucional parte de la ley que regula esas nominaciones.

Lo curioso es que inmediatamente se supo del fallo de Recondo, el gobierno nacional activó las urgencias para oficializar a su posible subrogante. Por eso, el juez Ernesto Kreplak juró esta mañana en una breve ceremonia que se realizó en los tribunales federales de La Plata.

Allí Kreplak juró en el cargo que subrogaba desde el 19 de diciembre el secretario Jorge Di Lorenzo, quien fue nombrado un día antes en una polémica sesión del Consejo de la Magistratura.

Sin embargo, la resolución de Recondo fue apelada por el Consejo de la Magistratura de la Nación, que había designado a Durán, ante lo cual el magistrado hizo lugar al recurso pero sosteniendo el apartamiento de su colega, señalaron las fuentes.

Entonces, en un trámite urgente, "se presentó una queja ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, invocando la gravedad institucional y el irreparable perjuicio que implicaría dejar vacante el juzgado en cuestión", explicaron voceros de la Justicia.

Y finalmente la Cámara resolvió "hacer lugar a la presente Queja y, consecuentemente, conceder con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional (Consejo de la Magistratura) contra la sentencia del día 2 de julio de 2015 dictada en las presentes actuaciones".

Al tiempo, argumentó que la ley autoriza a que "las apelaciones deducidas contra la sentencia definitiva dictada en un proceso sumarísimo se concedan con efecto suspensivo cuando su cumplimiento pudiese ocasionar un perjuicio irreparable".

En la apelación se advirtió que "de mantenerse inconclusa e indefinida la suerte del Juzgado durante la transición entre el cese de las funciones de uno y la designación de otro subrogante, en las actuales circunstancias, los casos acumulados de su competencia y su inmovilidad se constituirán en el más grave e insoluble de todos ellos".

"Es decir, lejos de los apremios a los que el efecto reprochado supone poner remedio, el cumplimiento inmediato de la sentencia generará consecuencias irreparables y de extrema gravedad institucional", añadió la queja. 

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