Solicitada del Gobierno para empujar a los bonistas a presionar al BoNY
El texto recuerda que pueden "remover al Agente Fiduciario en cualquier momento" o apelar la retención de fondos.

Con una solicitada de dos páginas en los diarios, el Gobierno nacional salió a alentar a los bonistas reestructurados para que presionen al Bank of New York Mellon (BoNY), la entidad que mantiene congelados los fondos argentinos por orden del juez Thomas Griesa.

En la nota, el Ministerio de Economía insistió en que "la República Argentina ha realizado en tiempo y forma el pago" del último vencimiento de los bonos reestructurados, por lo que "no ha habido un Evento de Incumplimiento".

"La República Argentina y ciertos Bonistas destinatarios del pago han protestado vigorosamente contra esta demora en el proceso de cobro, aunque, al momento de la presente comunicación, el cobro permanece bloqueado en la cuenta del Agente Fiduciario en la República Argentina", recuerda la nota.

Más adelante, el Gobierno vuelve a criticar a Griesa y al mediador Pollack. "(Sus afirmaciones) en relación a una situación de incumplimiento son incorrectas e inapropiadas por la falsedad de las mismas,y exceden sus respectivas competencias", sostiene. "La Corte de Distrito Sur de Nueva York no tiene jurisdicción sobre los Bonos Reestructurados en 2005 y 2010, y los Bonistas Reestructurados y el BNY Mellon no son parte en el litigio", agrega.

Al final, el Ministerio de Economía recomienda presionar al BoNY. "Argentina continuará intimando al Agente Fiduciario para que cumpla las obligaciones a su cargo e instando a la Justicia de los Estados Unidos de América a que remueva los impedimentos que actualmente interfieren con la correcta distribución de los pagos", indica la solicitada.

"Le recordamos a los Bonistas, que existen varios derechos –y sus consecuentes remedios judiciales–a su disposición para el caso que el Agente Fiduciario incumpla con sus obligaciones, en particular la de transferir los importes por los pagos que la República Argentina ha realizado a su favor", continúa.

"A título meramente ejemplificativo, cabe señalar que el Artículo 5.9.c del Trust Indenture dispone que los tenedores de una mayoría de capital acumulado de los títulos de deuda en circulación, de cualquier serie, podrán remover al Agente Fiduciario del cargo en cualquier momento y designar a un sucesor", señala Economía.

Por último, indica que "todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de promover activamente las otras acciones que resulten pertinentes para hacer valer sus derechos–toda vez que se le están reteniendo indebidamente fondos que son de su exclusiva propiedad–, entre ellas la de apelar las órdenes judiciales de la Corte de Distrito Sur de Nueva York que consideren contrarias a sus intereses, o de iniciar las nuevas acciones judiciales que estimen corresponder".

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