El juez federal Rodolfo Canicoba Corral tuvo que cerrar, a contramano de su voluntad, una denuncia por presuntas irregularidades en la construcción de represas en Santa Cruz "Presidente Néstor Kirchner" y "Gobernador Jorge Cepernic".
Canicoba Corral dijo que la fiscalÃa no habÃa instado la acción penal en la denuncia que habÃan planteado los radicales Ricardo Gil Lavedra y Manuel Garrido. Por eso, reclamó a la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, y al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, una reforma judicial para actuar en casos como este, donde existe un "vacÃo legal".
En agosto pasado, una denuncia periodÃstica advirtió sobre irregularidades que se habrÃan producido en el proceso licitatorio para la construcción de las represas de Santa Cruz, que implicaba una inversión de 21.600 millones de pesos.
Fue por eso que los legisladores plantearon una denuncia para investigar si, como se sospechaba, el "proceso licitatorio buscó beneficiar a oferentes con vÃnculos con el Gobierno, luego de haberse utilizado medios fraudulentos".
Según la denuncia, el proceso licitatorio colocó en primer lugar "a la Unión Transitoria de Empresas formada por las empresas ElectroingenierÃa Sociedad Anónima, la empresa China GezhoubaGroupCompany e Hidrocuyo Sociedad Anónima".
Puntualmente, la denuncia pidió investigar al ministro de Planificación Federal, Julio De Vido; al entonces ministro de EconomÃa, Hernán Lorenzino; al secretario de Obras Públicas, José Francisco López; al subsecretario de Recursos HÃdricos, Atilio Bortolozzi, y al secretario Legal y Técnico, Carlos Zanini.
Abierta la denuncia, el fiscal Miguel Angel Osorio decidió no impulsar la acción por entender que la denuncia se basaba en "conjeturas anoticiadas" en donde "los denunciantes se limitaron a relatar hechos en potencial y a citar como fuente las notas periodÃsticas que, a su vez, refieren a terceros anónimos, a otras conjeturas y a comentarios".
El juez Canicoba anuló el dictamen del fiscal, pero el caso llegó a la Cámara Federal, donde la Sala II confirmó la nulidad del dictamen y remitió las actuaciones al fiscal nuevamente.
Pero la FiscalÃa, según relató Canicoba en el fallo al que accedió la agencia DyN, requirió dos medidas previas: "solicitar a la Sindicatura General de la Nación si tuvo intervención en la licitación cuestionada" y también obtener una copia del expediente licitatorio.
Cumplido el trámite, el fiscal "emitió un nuevo dictamen desestimatorio sobre la denuncia" en basta al expediente administrativo de la licitación y rechazó las eventuales irregularidades.
Hoy, en su fallo, Canicoba Corral hizo hincapié en "la imposibilidad de proceder" frente a la falta de pedido fiscal para proceder a la investigación.
"En primer lugar, no debe soslayarse que tal como se encuentra redactado nuestro código de procedimiento, ante discrepancias de opiniones sobre el impulso de la acción penal entre el Sr. Juez instructor y el Fiscal de la causa, deben resolverse en el sentido elegido por éste último, el Ministerio Público", se sostuvo.
Sin embargo, el juez remarcó que "estas situaciones, que se dan cotidianamente en la vida judicial, desde una interpretación armoniosa de la normativa vigente" plantean "la necesidad de una reforma procesal".
"No sólo para el caso de que el Sr. Juez instructor no esté de acuerdo con lo planteado por el titular de la vindicta publica, sino también para establecer un control jerárquico sobre el acto funcional del fiscal", dijo.
Según planteó, "este razonamiento me lleva a concluir que este 'vacÃo legal', conlleva a violar la garantÃa del doble conforme, sentenciando arbitrariamente el no impulso de la acción penal sin control alguno."
Asà las cosas, añadió, "resulta imprescindible que toda decisión jurÃdica emanada de un fiscal, como la aquà presente, debe ser controlada y evaluada por un funcionario del Ministerio Público Fiscal de mayor jerarquÃa, sin que de esa manera se viole la autonomÃa del Ministerio Público Fiscal reconocida en el art. 120 de nuestra Constitución Nacional." Y añadió: "En virtud de todo lo expuesto, resulta necesario y oportuno oficiar a la Sra. Procuradora General de la Nación y al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación propiciando una reforma Procesal Penal con el objeto de brindar una solución normativa al vacÃo legal señalado".
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