La Corte ordenó restituir al Procurador de Santa Cruz desplazado por Kirchner
Se trata de Eduardo Sosa, quien había sido separado del cargo en 1995, cuando el ex presidente era gobernador de Santa Cruz. El máximo tribunal le dio 30 días al actual mandatario provincial, Daniel Peralta, para reponerlo en sus tareas.
La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy restablecer en su cargo al ex Procurador General de Santa Cruz Eduardo Sosa, quien había sido separado en 1995 por el entonces gobernador provincial Néstor Kirchner.

El alto tribunal ordenó al ahora gobernador de Santa Cruz, Daniel Peralta, reponer a Sosa en su cargo en un plazo de 30 días bajo apercibimiento de sanciones penales.

Según lo dispuso la Corte, fijó que Sosa sea repuesto en el cargo de Agente Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) santacruceño, y con la advertencia de que en caso de incumplimiento, se dará intervención a la justicia penal para que investigue el presunto delito de acción pública.

Ya en 2001, la Corte había ordenado reponer a Sosa en su cargo, pero la Fiscalía de Estado de la provincia se opuso a ello,
alegando que la ley local 2404, a partir de la cual el actor perdió su puesto, no había sido declarada inconstitucional en cuanto a la validez y subsistencia de los cargos de Agente Fiscal y Defensores de Pobres Ausentes e Incapaces.

En 2005, el STJ local hizo lugar a un recurso del Fiscal de Estado, y dispuso que en lugar de proseguir con la ejecución de sentencia, fijar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a Sosa.

Sin embargo, Sosa se opuso a ello e interpuso un recurso ante la Corte Suprema, en el que recordó que en tres oportunidades -1998, 2000 y 2001- dicho tribunal había ordenado que sea repuesto en su cargo de Procurador.

Luego, el STJ de Santa Cruz había hecho lugar a un planteo de Sosa, y si bien declaró la inconstitucionalidad del artículo 9, segundo párrafo, de la Ley 2404, mediante la cual la Cámara de Diputados provincial había desdoblado el cargo de Procurador.

Sin embargo, para la Corte ello no implica que la competencia del Procurador se "suprimió sino que tan sólo se dividió o desdobló".

"Se admitió que ningún agravio constitucional se habría ocasionado al demandante si se le hubiera asignado uno de los dos cargos en los que se habrían distribuido sus competencias originales", indicó la Corte, al mismo tiempo que recalcó que en ningún momento se lo reincorporó a Sosa a ninguno de los cargos.

"Que la nueva decisión del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, que rechaza la ejecución de la sentencia tal como fue requerida por el actor y la sustituye por una suma de dinero, se aparta manifiestamente de las claras y precisas directivas emanadas de esta Corte en las distintas y reiteradas intervenciones que le cupo en la causa", reprochó la Corte.

Para los integrantes de la Corte, "las consecuencias derivadas de la aplicación de normas y actos que comprometen seriamente el normal desenvolvimiento de instituciones fundamentales de la provincia no pueden ser reparadas mediante una indemnización sino que requieren el restablecimiento del orden por ellas afectado".

Al resolver el planteo para dar una solución de "manera definitiva", la Corte intimó al Gobierno de Santa Cruz, a "asumir delicadas responsabilidades institucionales".

Por último, la Corte libró oficio al juez federal de Río Gallegos encomendándole "la notificación de esta sentencia en la persona del señor Gobernador de la provincia".

El fallo fue suscripto por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

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