En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ordenó al Congreso expedir una ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.
Ministros de la Primera Sala de la Corte pidieron dar cumplimiento a la reforma constitucional de 2014, en la que se estableció que antes del 30 de abril de 2014 el Congreso de la Unión debÃa expedir la legislación en materia de publicidad oficial, lo que hasta ahora no ocurrió.
De este modo, la Corte concedió por cuatro votos contra uno, el amparo a la asociación civil ArtÃculo 19 que reclamó la omisión del Congreso al incumplir el tercer artÃculo transitorio de la reforma constitucional de febrero de 2014, según el cual la referida ley (parte integral de la reforma) tenÃa que estar lista en abril de aquel año.
"Ni de la libertad de expresión ni de ninguna otra disposición constitucional se desprende que los medios de comunicación tengan un derecho a que se les asignen recursos estatales por difundir publicidad oficial", matiza la sentencia, pero sà es exigible "por un lado, que el ejercicio del gasto en comunicación social del Gobierno atienda a los principios previstos en el artÃculo 134 y, por otro, que la libertad de expresión no sea afectada por la ausencia de reglas claras sobre ese tipo de gasto".
Y continúa: "La ausencia de esta regulación propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en materia de comunicación social, lo cual constituye un mecanismo de restricción o limitación indirecta de la libertad de expresión, claramente proscrito por la Constitución".
Es la primera vez en la historia del paÃs que la Corte ordena al Congreso Federal expedir una ley, asà como la primera vez que el mandato para reparar una omisión legislativa deriva del amparo promovido por un particular y cuyo proyecto fue retomado por el ministro Arturo ZaldÃvar, que fue respaldado por Pardo Rebolledo, Sánchez Cordero, CossÃo DÃaz, y Gutiérrez Ortiz Mena.
"Estos derechos, al no ser estrictamente individuales, involucran a más personas por lo que serÃa imposible protegerlos sin beneficiar a personas ajenas al juicio. Se debe reinterpretar el principio de relatividad para que sea compatible con el fin del juicio de amparo, que es la protección de todos los derechos fundamentales", expuso el ministro ZaldÃvar.
La decisión de hoy de la Corte sienta precedente para reclamar al Congreso federal y estatales la emisión de leyes por vÃa del amparo, siempre y cuando exista un mandato constitucional expreso para que lo hagan.
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