reforma tributaria
El proyecto de Reforma Tributaria de Macri grava los bitcoins, crea nuevo impuesto sobre las naftas y se los sube a celulares
Se gravan con Ganancias sobre activos inmuebles y financieros. Gravan a Netflix y nuevo "impuesto al Dióxido de Carbono".

Este lunes el Gobierno finalmente dio a conocer el proyecto de Reforma Tributaria que impulsa el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, que se girará al Congreso. LPO accedió al documento que actualiza el alcance del impuesto a las Ganancias a la renta financiera, sobre activos inmuebles, tenencia de monedas digitales y también a la transmisión de contenidos originados en el exterior, en esencia, un impuesto sobre el abono de Netflix y similares.

Así, surgen impuestos sobre las ganancias por operaciones con bitcoins y otras criptomonedas con una alícuota del 15%. También dentro del impuesto al valor agregado (IVA), se amplía su aplicación a los servicios digitales en todas sus formas siempre y cuando impliquen "un mínimo" de actividad humana para su prestación.

La reforma es bastante exhaustiva y reordena el texto de la Ley de Impuestos Internos y la ley de Impuesto a las Ganancias y la de IVA al incorporar enmiendas hechas por decreto en los últimos 38 años. Y si bien en términos generales tiene la forma de actualización al siglo XXI de la norma al hacer hincapié en las nuevas tecnologías y los grises generados por las posibilidades de consumo de servicios producidos en el exterior sin pasar por la aduana, además crea nuevos tributos, sube alícuotas en algunos casos y las baja en otros.

De todos los impuestos propuestos sobre el los bienes "no saludables" propuestos por Dujovne, solo persisten el impuesto a los cigarrillos con un mínimo de $28 por cada atado de veinte unidades, el 8% el impuesto a la cervezas -cuando el propuesto originalmente eran elevarlo al 17%, pero Macri dio marcha atrás como adelantó LPO-, el impuesto a las bebidas cuya graduación alcohólica supere los diez volúmenes "excluidos los vinos" y el gravamen del 17% a las bebidas azucaradas como había anticipado LPO. También se gravan las bebidas energizantes, incluso si no sean azucaradas ni alcohólicas.

El proyecto de Reforma Tributaria de Macri grava los bitcoins,  crea nuevo impuesto sobre las naftas y se los sube a celulares
El proyecto de Reforma Tributaria de Macri grava los bitcoins,  crea nuevo impuesto sobre las naftas y se los sube a celulares

Entre las novedades también figuran una suba del impuesto interno al uso del teléfono celular: "Establécese un impuesto del cinco por ciento (5%) sobre el importe facturado por la provisión de servicio de telefonía celular y satelital al usuario.", dice el artículo 115 del proyecto. Hasta ahora es del 4%.

A partir del nuevo precio de los combustibles, el proyecto de ley propone convertir las actuales alícuotas a los combustibles en impuestos de suma fija de $5,807 por litro para las naftas, gasolina natural, solventes y aguarrás y de$3,182 para el gasoil, el diésel y el kerosene. Estas sumas se actualizarán por inflación si importar si el precio sube por debajo por encima del IPC.

Entre las novedades aparece también una suba del impuesto al uso del celular y la creación de un impuesto al "dióxido de carbono", que en los hechos implica subir la carga tributaria de las naftas.

Además, se crea el "Impuesto al Dióxido de Carbono" con un adicional de $1,030 para el primer grupo de combustibles y de $1,182 para el segundo. También rige para otros combustibles como el gas natural ($1,175 por litro), el GNL ($0,855 por litro), el fuel oil ($1,293), entre otros. 

"Los nuevos productos gravados por emisiones de CO2 comenzarán a tributar gradualmente a partir del año 2020 y por el término de 8 años de manera que recién en el año 2028 estarán gravados totalmente", aclararon fuentes oficiales.

Respecto de los impuestos internos a bienes electrónicos, el artículo baja los impuestos del 17% al 10,5%. En un documento anexo proponen que luego esta baja continúe de forma gradual hasta llegar al 2%; y en particular a los alcanzados por el Régimen de Promoción de Tierra del Fuego, el artículo 119 la reduce a cero. 

"Cuando los referidos bienes sean fabricados por empresas beneficiarias del régimen de la ley 19.640, siempre que acrediten origen en el Área Aduanera Especial creada por esta última ley, la alícuota será del cero por ciento (0%)", dice el texto propuesto. 



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