Tarifazo
Alivio para Aranguren: la Justicia rechazó la suspensión de la audiencia del gas
El juez Recondo descartó un planteo que sostenía que el ministro no había dado toda la información necesaria.

El juez federal platense Alberto Recondo rechazó un planteo del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) para suspender la audiencia pública por el aumento de las tarifas de gas, que se realizará el próximo viernes.

El Cepis sostenía que el ministro de Energía, Juan José Aranguren, incumplió el fallo de la Corte Suprema que le ordenó la realización de la audiencia pero también la entrega de información "veraz y adecuada" con dos semanas de antelación, pero el funcionario se sigue negando a dar a conocer la estructura de costos de las empresas que da origen al precio del gas en boca de pozo.

El ministro había dicho a las asociaciones de consumidores que esa información recién la dará a conocer el día de la audiencia. Ante esto, el Cepis lo denunció por incumplimiento de la sentencia y pidió a Recondo que suspenda la audiencia. El juez le dio al Poder Ejecutivo un plazo de 24 horas para que "conteste acerca del faltante de información". Ese plazo vencía este miércoles a la mañana.

Poco después de cumplido ese plazo, Recondo emitió la sentencia y descartó el pedido del Cepis de suspender la audiencia, aunque no le cerró la puerta a futuras presentaciones. 

El juez detalló que rechazó el planteo debido a cuestiones formales, debido a que se presentó como un pedido de ejecución de la sentencia de la Corte, pero la convocatoria a la audiencia pública es ajena al anterior proceso, donde se anularon resoluciones del Ejecutivo. En el fallo se explica que la audiencia a realizarse el viernes es parte del proceso para que haya nuevas resoluciones, es decir son cuestiones diferenciadas.

Participación virtual El Enargas habilitó ocho centros de participación virtual para la audiencia del gas. Estarán en Ushuaia, Neuquén, Salta, Córdoba, Paraná, Mendoza, Rosario y Santa Rosa. Además, designó a Francisco Corcuera Quiroga como moderador de la audiencia. 

El magistrado explicó en su fallo que los abogados del Poder Ejecutivo sostuvieron que la Corte no ordenó la realización de audiencias sino que "fundó su decisión en la falta de celebración de las mismas con anterioridad" a los aumentos de tarifas. Recondo le dio la razón.

Por otro lado, el Ejecutivo también solicitó que se declare la "inadmisibilidad procesal del planteo", argumentando que el Cepis debió presentarse ante los tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires, porque en ese distrito se dictaron las resoluciones cuestionadas. El juez rechazó ese planteo de incompetencia territorial porque aunque la resolución se firmó en la CABA afecta a los ciudadanos de todo el país.

Queda la duda acerca de si el Ministerio de Energía aportó o no la información que requirió el Cepis sobre el costo del gas en boca de pozo. El juez Recondo explicó a Ámbito.com que "el Ejecutivo informa en el expediente, pero habrá que evaluar si es suficiente o no como para dar por descontado que está todo bien para hacer la audiencia". "No decidí la cuestión de fondo, no dije si está bien o mal, o si era suficiente lo que había informado", destacó.

El magistrado no descartó que antes del viernes haya un nuevo planteo, referido específicamente a la información sobre el precio del gas en boca de pozo. "Da la impresión de que el Gobierno se ha comprometido a dar la información suficiente para que la audiencia pública se realice. No pude sentarme a analizar si la boca de pozo es suficientemente explicitada o no, si los precios surgen claro, si se van a informar. Es dificultoso y lo haría rápidamente antes de la audiencia si tuviese el planteo autónomo", señaló. 

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  • 1
    mariano rey
    14/09/16
    12:34
    Aranguren NO vendió las acciones de Shell. Es la mentira del año.
    Responder
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