Tarifazo
La Corte revocó la suspensión del aumento de luz en Buenos Aires
El máximo tribunal dejó sin efecto una cautelar de la Cámara Federal de La Plata y habilitó el aumento.

La Corte Suprema dejó sin efecto la medida cautelar de la Cámara Federal de La Plata que frenaba el aumento de la tarifa de la energía eléctrica en las regiones de la provincia de Buenos Aires operadas por las empresas Edenor y Edesur, al tiempo que también rechazó un fallo de una jueza de San Martín.

El fallo fue firmado en sentido coincidente por los cinco integrantes del tribunal, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

El máximo tribunal evitó adentrarse en las razones profundas de la decisión del aumento tarifario y revocó las cautelares por falta de “legitimación activa” de quienes lo habían impulsado: diputados bonaerenses, la Defensoría del Pueblo provincial y el PJ bonaerense. “Carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios”, explicó la Corte en un comunicado.

La Corte consagró en 2009 las denominadas “acciones de clase”, por las cuales una decisión judicial puede tener alcance para todos los reclamantes que se encuentran en una única y misma condición. Sobre esa base, la Cámara Federal de La Plata dictó las cautelares que afectaban a las áreas de la provincia operadas por Edenor y Edesur.

Pero la Corte determinó que quienes impulsaron la acción colectiva no están facultados “para actuar en representación del colectivo conformado por todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires”.

El tribunal también analizó la presentación del Club Social y Deportivo "12 de octubre", que reclamó por su situación particular y, en consecuencia, no intentó una “acción de clase”.

En ese caso, el tribunal resolvió enviar el expediente a la justicia federal de primera instancia para que allí se determine si la institución podría encabezar la representación de todos los denominados “clubes de barrio” que se encuentran en su misma situación frente al incremento tarifario.

La Corte revocó la suspensión del aumento de luz en Buenos Aires

El fallo hizo caso omiso al dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien  se había pronunciado a favor de confirmar las medidas cautelares que suspendieron el aumento tarifario.

La jefa de los fiscales había hecho hincapié en el “carácter provisorio de la cautelar, cuyo plazo se limita a tres meses desde su otorgamiento”, por lo que sólo tenía vigencia hasta el mes próximo.

Sin embargo, en ese dictamen la procuradora ya había admitido que los legisladores bonaerenses, la Defensoría del Pueblo provincial y el Partido Justicialista provincial carecían de la representatividad para obtener la medida cautelar a la que habían accedido.

Pese a ello, había determinado que “lo que se encuentra en juego es la tutela cautelar del acceso de los usuarios y consumidores al servicio básico de electricidad y, en definitiva, a derechos fundamentales”.

Críticas a la jueza Forns

En tanto, como se esperaba la Corte descartó intervenir en la causa por el aumento de la tarifa de energía eléctrica que le fue enviada por la jueza Martina Forns, titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, que dispuso suspender la suba en todo el país.

Si bien no revocó el fallo que había dictado la magistrada, el máximo tribunal dispuso la devolución del expediente y le encomendó "que, sobre la base de las rigurosas exigencias vigentes en materia de procesos colectivos según los recordado por el Tribunal en el pronunciamiento mencionado (Halabi), verifique la subsistencia de los presupuestos que habilitan su intervención en el proceso y, en su caso, adopte las decisiones que correspondan con arreglo al estado de la causa".

El fallo cuestionó el desarrollo "contradictorio de las actuaciones por parte de la señora jueza, con prescindencia de sus deberes como directora del proceso" y subrayó que su criterio "lesiona derechos de las partes de raigambre constitucional, al punto de que esta Corte ha privado de validez a decisiones que alteraban intempestivamente las reglas del proceso".

La Corte también fustigó a la jueza porque "desde un plano institucional" desplazó "discrecionalmente la radicación del asunto -en que está en tela de juicio la validez del régimen tarifario en materia de energía eléctrica con un colectivo que, según la jueza, se extiende a todos los usuarios de la Nación- y trasladó a esta Corte la responsabilidad por la decisión final de un conflicto de gravedad institucional que la sociedad y los poderes políticos, de la Nación y de las Provincias, vienen aguardando con especial interés".

Así, dijo la Corte, Forns se sustrajo "de sus obligaciones como jueza de la Nación, colocando a esta Corte en un escenario judicial en el que, por el momento, no le compete conocer, y comprometiendo el prestigio de todo el Poder Judicial al frustrar las legítimas expectativas de los ciudadanos que aguardan la resolución definitiva de este conflicto, ignorando los 'tecnicismos' legales de las disposiciones regulatorias de la competencia, de los procesos colectivos y de la acumulación de procesos".

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